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Capital Humano

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Convenio 193:  Las claves del nuevo estándar para regular el trabajo por aplicaciones 

El Convenio 193 de la Organización Internacional del Trabajo establece un estándar global para regular plataformas digitales de transporte y reparto, garantizando derechos laborales, transparencia algorítmica, supervisión humana y protección de datos de quienes laboran en ellas.

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El Convenio 193 abrirá un nuevo escenario a favor de millones de repartidores y conductores digitales.Ilustración EE: Juan Carlos Rodríguez

Nancy Escutia

El Convenio 193 sobre plataformas digitales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece un nuevo estándar internacional para el trabajo en aplicaciones a nivel mundial, con posibles efectos en regulaciones nacionales.

Si bien el instrumento fue avalado recientemente, su constitución es clave porque fungirá como el primer estándar mundial diseñado para regular a las empresas tecnológicas de transporte y reparto, estableciendo principios clave sobre derechos laborales a quienes prestan sus servicios a través de plataformas.

En esa línea, el Convenio 193 abrirá un nuevo escenario a favor de millones de repartidores y conductores digitales, obligando a los países a garantizar condiciones de trabajo decente en la era digital mediante reglas globales sobre transparencia algorítmica, supervisión humana, libertad sindical y protección de datos, por mencionar solo algunos.

7 puntos clave del Convenio 193 de la OIT

Con disposiciones que van desde el reconocimiento de la relación laboral hasta la regulación de los algoritmos que gestionan el trabajo en las aplicaciones, el mecanismo de la OIT establece una hoja de ruta para la protección de las personas trabajadoras de plataformas digitales.

Considerando que el acuerdo internacional busca limitar decisiones automatizadas por algoritmos, hay puntos clave que valen la pena conocer:

1. Principio de primacía de la realidad

Este es uno de los puntos más trascendentales del Convenio, que obliga a los Estados a combatir la clasificación errónea de los trabajadores, de forma que el mecanismo establece que la relación laboral debe reconocerse si existe supervisión tecnológica, otorgando a estas personas los mismos derechos que a los trabajadores tradicionales.

2. Transparencia algorítmica

Las plataformas digitales de trabajo tienen la obligación de informar a los trabajadores y a sus representantes sobre el uso de sistemas automatizados; en esa línea, deben explicar las fórmulas y parámetros que se utilizan para asignar tareas, evaluar el desempeño o calcular sus pagos.

3. Supervisión humana obligatoria

La herramienta prohíbe explícitamente los despidos o suspensiones de cuentas de forma unilateral y automatizada por inteligencia artificial (IA). Asimismo, se exige que las personas trabajadoras tengan acceso a una revisión humana de cualquier decisión significativa generada por un algoritmo que afecte negativamente sus condiciones o acceso al trabajo.

4. Derechos fundamentales y libertad sindical

Se garantiza que las personas trabajadoras de plataformas gocen de los principios fundamentales del trabajo, incluyendo la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva en el ecosistema digital.

5. Seguridad y salud en el trabajo

Los Estados miembros que ratifiquen el Convenio deben adoptar medidas para prevenir accidentes y enfermedades profesionales en la economía de plataformas. Esto incluye el derecho de retirada, el cual permite a la persona alejarse de una situación de peligro grave e inminente sin sufrir represalias o penalizaciones.

6. Protección de datos personales y privacidad

Se establecen garantías estrictas sobre la recopilación y uso de datos y queda prohibido el tratamiento de información relativa a conversaciones privadas, incluyendo las mantenidas con representantes sindicales, así como los datos obtenidos cuando el trabajador no esté conectado a la plataforma.

7. Remuneración justa y salario mínimo

El Convenio de la OIT asegura que el pago se realice de manera puntual y total. Además, para las personas trabajadoras reconocidas bajo una relación de trabajo, la remuneración no podrá ser inferior al salario mínimo aplicable en el país y se les deberá compensar por los gastos u otros costos necesarios para realizar su labor.

¿México ya ratificó el Convenio 193 de la OIT?

El 12 de junio de 2026, durante la 114.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, la delegación de México votó a favor de la adopción del convenio; no obstante, el proceso de ratificación formal requiere agotar el procedimiento constitucional que exige la aprobación del Senado y su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Aunque el Convenio aún no ha sido ratificado y no está vigente en el país, México anticipó su legislación con la reforma de 2024 en materia de trabajo en plataformas, la cual define una relación laboral subordinada en las aplicaciones y por ende exige y garantiza derechos para las personas trabajadoras de apps y desde el 1 de enero de 2026, es obligatorio el esquema de seguridad social.

Pese a que México ya cuenta con una legislación avanzada en tema de derechos laborales en plataformas digitales, ratificar el nuevo Convenio de la OIT reforzará el principio de primacía de la realidad y la operación de las empresas sobre las fórmulas que utilizan para calcular pagos.

Nancy Escutia

Periodista con enfoque jurídico especializada en derechos y políticas laborales, bienestar y salud mental organizacional; egresada de la Maestría en Periodismo Político por la Carlos Septién García.

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