Lectura 6:00 min
¿Las herencias deben pagar impuestos? Esto dicen especialistas
Especialistas ven inviable cobrar impuestos a herencias en México sin exenciones claras. Revisa los detalles del debate en la SCJN y qué pasa con las afores.

Herencia y pagos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió el debate sobre si las herencias y los legados se deben gravar. Actualmente esto no sucede en México y, para algunos especialistas, imponer una medida de este tipo sería un despropósito que, a diferencia de lo que señalan algunos ministros, podría afectar el patrimonio de las familias de menores ingresos si no se aplica con las exenciones impositivas adecuadas.
Hace unos días, durante una sesión de la Corte, la ministra Lenia Batres Guadarrama calificó de “injusto” que no se graven las herencias y los legados. En su opinión, una persona que recibe recursos que no se generaron a partir de su esfuerzo, “en estricto sentido, reproduce desigualdades sociales”.
Te puede interesar
Días después, en una videocolumna, la ministra destacó que 24 países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) cobran un impuesto a la herencia o legado, que asciende a 0.5% de los ingresos fiscales totales de esos países. Un total de 21 países lo cobra a las personas herederas por grado de parentesco y tres lo aplican sobre el valor de la propiedad de la persona fallecida.
Añadió que 50% de la población global posee actualmente menos de 2% de la riqueza, mientras que 10% concentra más de 76 por ciento. “El único mecanismo que tiene nuestro mundo para redistribuir esta riqueza es el pago de impuestos. Por eso es por lo que, hace unos días, hablamos de que consideramos que es justo que se pagaran impuestos a las herencias y legados; sin embargo, esa no es una facultad de la Suprema Corte, le corresponde al Congreso de la Unión”.
¿Qué dicen los especialistas sobre gravar herencias?
Juvenal Lobato, especialista en materia tributaria y constitucional y profesor la UNAM, consideró que no es adecuado el establecimiento de un impuesto de este tipo, porque, dijo, “afectaría a las personas que menos ingresos tienen y que eventualmente pueden tener, olvídate de herencias millonarias, una casa, algún tipo de beneficio bancario, terminaría por afectarlos”.
Para no lastimar a la base de la población, acotó, se necesitarían poner montos exentos y sólo gravar las fortunas onerosas.
De acuerdo con el especialista, cobrar impuestos a las herencias y los legados no es un tema nuevo, de forma recurrente surge, por lo regular cada inicio de sexenio. En esta ocasión, señaló, el posicionamiento de la ministra surge más desde el punto de vista ideológico y político.
Lobato deja en claro que legalmente se puede poner el impuesto, pero “no lo veo viable, no es factible, parecería un despropósito, si se llegara a dar algo así sería una sorpresa bastante desagradable para todos los contribuyentes”.
Si el Congreso decide buscar un impuesto de esa naturaleza lo puede hacer. Algunos especialistas dicen que no podría ser, porque mucho del dinero que se hereda ya pagó impuestos. Sin embargo, el catedrático de la UNAM destacó que la Corte ha sostenido que la doble tributación no es inconstitucional.
Por ejemplo, cuando ahorras en el banco, el dinero que destinas a ese objetivo generalmente ya pagó impuestos, porque proviene de tu salario. La institución da rendimientos por ese dinero y la autoridad lo grava. “En sí misma, la doble tributación no es inconstitucional, nosotros los fiscalistas decimos que gravan diferentes objetos. En el ejemplo, primero, es el trabajo; en segundo lugar, los rendimientos que te pagaron los bancos”.
Afortunadamente, expone Lobato, la presidenta Claudia Sheinbaum se desmarcó del posicionamiento de la ministra Batres y dijo que no es un planteamiento que su gobierno pondría sobre la mesa.
Carlos Odriozola, abogado litigante y excandidato a ministro de la SCJN, señaló, en una videocolumna, que Estados Unidos, Francia, Alemania, Japón y Reino Unido, países que tienen impuestos similares a las herencias, gravan el recurso que recibió una persona que no generó con su propio trabajo a partir de la premisa de que las desigualdades económicas no deberían perpetuarse de generación en generación.
Ejemplificó el caso de dos jóvenes de 18 años. Ambos estudian, son inteligentes, trabajan y quieren salir adelante, pero uno hereda empresas, inmuebles e inversiones valuadas en cientos de millones de pesos, el otro, nada. Ellos no empiezan su vida desde el mismo punto, pero esa diferencia no depende de su talento, sino de la familia en la que nacieron.
Quienes defienden el impuesto a las herencias sostienen que una parte de esas fortunas puede destinarse a financiar educación, salud, infraestructura y políticas públicas que amplíen las oportunidades para quienes nacieron con menos, “no buscan eliminar la desigualdad, eso sería imposible”.
Un dato importante, señaló el litigante, es que en la mayoría de los países que tienen estos impuestos no afecta a las familias promedio, existen umbrales muy elevados y numerosas exenciones para proteger el patrimonio de los hogares. Por ejemplo, en Estados Unidos, el impuesto federal sólo aplica a patrimonios “extraordinariamente altos”, a partir de 15 millones de dólares.
¿Afores heredadas se deben gravar?
En la discusión de la Corte también se habló del tratamiento fiscal que deben tener los recursos de la cuenta afore que reciben los beneficiarios de un trabajador fallecido, en específico si se debe gravar o no con el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Por mayoría, con una votación de seis a tres, se determinó (hasta ahora) que los recursos provenientes de las afores entregados a las personas beneficiarias no deben considerarse ingresos gravables para efectos del ISR, al estimar que forman parte del patrimonio generado por la persona trabajadora y tienen como finalidad brindar protección económica a quienes fueron designadas como beneficiarias o a quienes la ley reconoce con mejor derecho.
En su oportunidad, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló que habría una “injusticia fuerte” en el tema de gravar los recursos de los afores de un familiar fallecido, “que me lleva a votar en contra”, considerando que en México no se paga impuestos por herencia o legado y se ordena pagar impuestos por los “seguramente raquíticos” recursos que se van a las afores.
“Estoy seguro de que el monto que tiene una afore es infinitamente menor que la herencia que una buena capa del país se deja de generación en generación, estamos hablando de herencias, en algunos casos, millonarias y exentas del pago de impuestos, pero sí se paga impuesto porque se designe un beneficiario por un fondito que el trabajador acumuló durante toda su vida laboral”, señaló.
Al respecto, Odriozola consideró acertado que la SCJN no aprobara gravar con ISR las afores heredadas, porque una cosa son las grandes fortunas heredadas y otra, los recursos que se dejen en la cuenta individual.




