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Inspección de jornada laboral seguiría modelo aplicado en subcontratación
La STPS perfila un modelo de inspección de jornada laboral basado en digitalización, cruces de información con otras autoridades y vigilancia remota, similar al aplicado en la subcontratación.
La STPS perfila un modelo de inspección de jornada laboral basado en digitalización, cruces de información con otras autoridades y vigilancia remota, similar al aplicado en la subcontratación.
La estrategia de inspecciones de jornada laboral se centrará en la digitalización y la cooperación institucional, según anticipó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Se trata de un modelo similar al que los patrones ya se han enfrentado con la subcontratación.
Si bien aún están pendientes los lineamientos sobre el registro electrónico y las exclusiones en el marco de las 40 horas, en una entrevista con El Economista, Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, adelantó que, para evitar molestias a las empresas por inspecciones, priorizarán la revisión remota y el cruce de datos con autoridades fiscales y de seguridad social.
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Adelantó que esta “modernización extrema” de vigilancia permitirá acceder de forma remota a los sistemas de control del tiempo, los cuales se contrastarán con los timbrados de pago de nóminas que tienen las autoridades fiscales para así revisar que las mediciones y horas de trabajo se están pagando como corresponde.
El funcionario anticipó que este riguroso modelo es el que podría dar pauta a las inspecciones, pues estas se activarían en caso de incumplimiento, un modelo similar al que ocurre con las revisiones del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
Aquella metodología, que se basa en la fiscalización profunda y el uso de indicadores de riesgo, es la que hoy se perfila como el estándar para vigilar que se respeten las nuevas jornadas y se pague el tiempo extraordinario.
Inspección de jornada laboral seguirá los pasos de la subcontratación
“El potencial para detectar irregularidades es considerable”, afirma Ernesto de la Puente, asociado senior en Santamarina y Steta. Advierte que la idea de la autoridad es hacer un sistema de cruce de información como el REPSE para detectar irregularidades de forma masiva y remota.
Recuerda que, en el caso de la subcontratación, la STPS intercambia información con autoridades fiscales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), pero en el caso de jornada laboral, el cruce se centraría en las dos primeras.
En materia de jornada laboral, menciona que ocurriría algo similar pues este cruce podría ayudar a detectar principalmente el cumplimiento del pago de horas extra por el registro electrónico, si se hace de forma regular, se cumple con la legislación vigente y en caso de infringir procederían inspecciones que den lugar a una infracción.
“Las horas triples evidencian de inmediato un posible incumplimiento; las dobles podrían indicar un patrón de uso constante de tiempo extraordinario y el SAT tiene los CFDI timbrados donde aparecen las horas extra dobles y las triples; la Secretaría del Trabajo podría obtener información de primera mano para detectar rápidamente y dirigir las primeras inspecciones”, explica.
Cruce con otras autoridades podría activar más de una inspección
Ernesto de la Puente refiere que el monitoreo sería bidireccional, pues si la STPS detecta jornadas que superen los límites legales sin que se realice el pago correspondiente, podría también alertar a la autoridad fiscal por esa falta y eso llevaría consigo sus propias implicaciones fiscales.
Al respecto, Óscar Iván García Forcada, socio en Forcada Torres Abogados, recuerda que, aunque el fisco no revisa condiciones laborales, sí puede analizar el timbrado de las nóminas y con esa información detectar inconsistencias que incluso podrían activar revisiones aparte por de otras autoridades.
“Por ejemplo, cuando un trabajador acude al IMSS por un accidente o enfermedad, suele proporcionar información sobre sus condiciones laborales y si refiere que está laborando fuera de los límites permitidos, eso podría constituir una alerta sobre un posible incumplimiento”, ejemplifica.
Al respecto, Ernesto de la Puente menciona que el IMSS también podría ayudar a revisar quién está integrando tiempo extra al salario base de cotización, si una empresa aparece pagando horas extra triples en los CFDI, pero no las informa en los registros del Instituto. “Cada autoridad podría iniciar procedimientos de revisión por separado”, destaca.
“Generalmente, las inspecciones de la Secretaría del Trabajo son presenciales. En cambio, las revisiones fiscales y de seguridad social suelen ser de gabinete”. Refirió que, al igual que sucede en la subcontratación, las discrepancias que encuentren las autoridades podrían desencadenar no una, sino varias revisiones paralelas.
¿Inspecciones ordinarias o extraordinarias en 40 horas?
Óscar Iván García Forcada comparte que en subcontratación existen dos tipos de inspecciones, ordinarias y extraordinarias; en el primer caso la autoridad avisa previamente al patrón sobre la visita, en el segundo la inspección es sorpresa, no obstante, señala que, en el caso de la jornada laboral de 40 horas, tendrían que ser ordinarias.
“Todo lo relacionado con la jornada de trabajo y las condiciones laborales debería atenderse mediante inspecciones ordinarias, porque no implica, en principio, una situación que represente un riesgo inmediato para la vida o integridad de los trabajadores, como sí podría ocurrir en un accidente de trabajo”, subraya.
Agrega que, desde la reforma laboral de este año, los patrones están obligados a implementar registros de control de asistencia y el artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo prevé sanciones de 29,562 a 589,550 pesos, equivalentes a 250 a 5,000 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización) a quienes incumplan dicha obligación.
Debido a lo anterior, y en espera de los lineamientos que emita la autoridad, recomienda a las empresas prepararse y cumplir oportunamente con la reforma y no esperar a que empiece el periodo de implementación en 2027.
“Los empleadores deben aprovechar este tiempo para adecuar contratos de trabajo, reglamentos, protocolos y políticas internas, de modo que cuando llegue una inspección puedan acreditar plenamente el cumplimiento de la ley”, concluye.