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Capital Humano

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Reforma de jornada laboral: ¿Qué cambios aprobó el Senado a la Ley Federal del Trabajo?

El reloj checador, el aumento gradual del tiempo extra y una fórmula para asegurar dos días de descanso, son parte de los cambios avalados por el Senado esta semana.

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El reloj checador, el aumento gradual del tiempo extra y una fórmula para asegurar dos días de descanso, son parte de los cambios avalados por el Senado esta semana.Ilustración EE: Nayelly Tenorio

Gerardo Hernández

La reforma secundaria de jornada laboral aprobada por el Senado es el último trámite legislativo que se necesita para materializar la semana de 40 horas establecida en la Constitución el mes pasado, incluyendo su reducción gradual. Ahora requiere del aval de la Cámara de Diputados. 

Desde su análisis en Comisiones, los senadores hicieron ajustes a la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum, los cambios fueron principalmente para garantizar la implementación del registro electrónico del tiempo de trabajo, la flexibilidad en la distribución de las horas y un candado para asegurar dos días de descanso por semana.

El proyecto contempla que la reforma a la Ley Federal del Trabajo entre en vigor el 1 de mayo de este año. El tiempo que transcurra entre esa fecha y el 1 de enero del 2027, será el plazo que tendrán las empresas para prepararse para la primera reducción de horas, ya que, a partir del primer día del siguiente año, la jornada laboral máxima por semana será de 46 horas.

Estos son los cambios que aprobó el Senado:

Registro electrónico y sanciones

La reforma a la LFT retoma la propuesta de la Presidencia de la República de sumar a la lista de obligaciones patronales el registro electrónico de la jornada laboral, lo que en el mercado se conoce como reloj checador. También conserva la facultad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de diseñar las reglas para su implementación, así como las excepciones.

Si bien la iniciativa de la presidenta Sheinbaum ya concebía el registro electrónico como una herramienta para la vigilancia de la jornada de 40 horas, los senadores le añadieron la posibilidad de que sea un elemento de prueba en casos de controversia, siempre que se acredite que su implementación fue en acuerdo entre trabajadores y empleadores.

Otro cambio en torno al reloj checador que se incluyó en el proyecto fue una multa que va de 29,327 a 586,550 pesos (de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización) por el incumplimiento de esta disposición.

Tiempo extraordinario

Aunque la reforma secundaria reitera los nuevos límites de tiempo extraordinario, incluyendo los porcentajes de pago, se establece que su incremento será gradual.

En ese sentido, el dictamen plantea que el tiempo extraordinario se amplíe conforme al siguiente calendario:

  • 9 horas en 2026
  • 9 horas en 2027
  • 10 horas en 2028
  • 11 horas en 2029
  • 12 horas en 2030

Definición de jornada laboral sin cambios

Una de las polémicas en torno a la iniciativa promovida por el Poder Ejecutivo Federal era el cambio en la definición de la jornada laboral, la propuesta era que se determinara como el tiempo en el que “la persona trabajadora desarrolla actividades subordinadas en favor de la persona empleadora”.

Pero los senadores decidieron no modificar la definición actual, la cual está plasmada en la Ley Federal del Trabajo desde 1970. En ese tenor, la definición de la jornada laboral se mantiene como “el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo”.

Dos días de descanso y flexibilidad

Otro cambio importante es que se eliminó la palabra “hasta” que se busca adicionar al artículo 61 de la LFT que regula la duración de los tres tipos de jornada: “La duración de la jornada diaria será de hasta ocho horas la diurna”, se planteaba en la iniciativa enviada al Senado en diciembre pasado.

Sin embargo, los legisladores consideraron viable mantener la redacción del artículo actual; es decir, la jornada laboral diurna es de 8 horas. Aunque parece un cambio menor, es un ajuste importante, porque por aritmética, las 40 horas semanales no se pueden distribuir en más de cinco días, lo que implica en la práctica, al menos para trabajos con horarios tradicionales, el acceso a dos días de descanso.

Para atender las jornadas especiales, el dictamen adiciona al artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo una disposición que permite la distribución de las horas de trabajo “de común acuerdo por las personas empleadoras y trabajadoras”.

Gerardo Hernández

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano y coconductor del podcast Coffee Break.

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