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Denuncia anónima y trabajo forzoso: la apuesta de México para cumplir el Artículo 23.6 del T-MEC
El procedimiento contempla que, una vez recibida la solicitud, las autoridades analicen si existen elementos suficientes para iniciar una investigación formal.

Ilustración EE: Nayelly Tenorio
En la ruta hacia la Revisión Conjunta de seis años del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el mecanismo de denuncia anónima sobre trabajo forzoso e infantil se ha convertido en una de las principales herramientas con las que México busca acreditar el cumplimiento efectivo del Artículo 23.6 del Capítulo Laboral, que prohíbe la importación de mercancías producidas total o parcialmente bajo estas prácticas.
Desde 2023, el país cuenta con un procedimiento de investigación administrado a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicano (VUCEM), diseñado para recibir alertas sobre posibles violaciones laborales en cadenas de suministro vinculadas al comercio exterior. No obstante, fue hasta 2025 cuando el esquema registró ajustes clave, al flexibilizar los requisitos para la presentación de solicitudes y permitir que las denuncias se realicen de forma electrónica y anónima.
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De acuerdo con autoridades laborales, el objetivo de esta modificación fue reducir los costos y riesgos asociados a la denuncia, particularmente en sectores con alta presencia de trabajadores migrantes o esquemas de subcontratación, donde la identificación directa del denunciante puede inhibir la detección de prácticas de trabajo forzoso o infantil. La posibilidad de mantener el anonimato busca, además, alinear el modelo mexicano con los estándares de protección a denunciantes observados en Estados Unidos y Canadá.
El procedimiento contempla que, una vez recibida la solicitud, las autoridades analicen si existen elementos suficientes para iniciar una investigación formal, lo que incluye la revisión de información comercial, registros de importación, datos laborales y, en su caso, cooperación interinstitucional. Si se identifican indicios razonables, el mecanismo puede derivar en medidas para impedir la importación de las mercancías involucradas, en cumplimiento del T-MEC.
Sin embargo, el funcionamiento del esquema no ha estado exento de cuestionamientos. Durante las reuniones del Consejo Laboral del T-MEC celebradas en octubre y diciembre de 2025, organizaciones de la sociedad civil señalaron que, pese a la existencia del mecanismo, el número de investigaciones abiertas sigue siendo limitado y persiste opacidad respecto a los criterios utilizados para desechar denuncias en etapas preliminares.
Otro desafío reconocido por las propias autoridades es la complejidad de las cadenas de suministro globales. En sectores como el agrícola, la manufactura ligera o las energías renovables, los insumos pueden provenir de múltiples jurisdicciones, lo que dificulta establecer con claridad el origen del trabajo involucrado. En estos casos, la denuncia anónima funciona más como un detonador de investigación que como una prueba concluyente.
A nivel trilateral, el debate se ha centrado en cómo fortalecer la cooperación entre los tres países para evitar que las mercancías sujetas a señalamientos en uno de los mercados ingresen a la región por otro. En este sentido, México ha planteado que los mecanismos de denuncia e investigación puedan activarse de manera coordinada, de modo que una alerta presentada en Estados Unidos o Canadá genere revisiones paralelas a través de la VUCEM.
De cara a la revisión de 2026, expertos laborales han advertido que la eficacia del mecanismo mexicano no se medirá por su diseño normativo, sino por su capacidad para traducirse en investigaciones oportunas y decisiones verificables. En un contexto donde el trabajo forzoso se ha convertido en una línea roja para el acceso a los mercados de América del Norte, la denuncia anónima representa para México no sólo una obligación derivada del T-MEC, sino un componente central de su credibilidad comercial.




