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Las vacaciones para tus empleados: ¡No las olvides!

Permiten a los empleados la reposición de su energía y son una obligación para las empresas.

Las vacaciones son una prestación obligatoria considerada en la Ley Federal del trabajo; permiten al trabajador asegurar un periodo de reposición de energía anual, declaró Jorge Sales Boyoli, director general del Bufete Sales Boyoli.

La Organización Mundial del Trabajo (OMT) establece que los empleados deberán gozar de un periodo de descanso diario, semanal y vacacional que les permita disfrutar de un tiempo para descansar.

En este sentido, el especialista comentó que existe una distinción entre el disfrute de las vacaciones y el pago por las mismas. Pues el disfrute de las vacaciones no podrá compensarse con ninguna remuneración, a menos que el empleado termine la relación laboral antes del año trabajado.

El disfrute de las vacaciones acredita, además del propio sueldo del trabajador, una remuneración adicional llamada prima vacacional, que el patrón esta obligado a pagar con la finalidad de que el empleado tenga un monto adicional que sea para disfrutar de las vacaciones, detalló.

Sólo en el caso de que el trabajador prescinda de la relación laboral antes de tomar su periodo de descanso es cuando se acredita el pago de las vacaciones, pues hay imposibilidad de disfrutarlas”, declaró el especialista.

En cuanto al monto de la prima vacacional, éste consiste en 25% de los días a los que el trabajador tenga derecho a descansar según su antigüedad.

Las repercusiones

En lo que respecta a la sanción que obtendría el patrón al violentar este derecho primordial, las sanciones tienen dos o tres ámbitos de aplicación, explicó el jurista.

Esto quiere decir que el trabajador puede ejercitar una acción ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, institución ante el cual puede demandar al patrón el cumplimiento forzoso de la prestación, e inclusive el trabajador podría rescindir de la obligación laboral, indicó.

Ante esta perspectiva, y si el caso lo requiere, el trabajador puede acudir ante la procuraduría de la Defensa del Trabajo para resolver todas sus dudas y solicitar asesoría, finalizó Sales.

Calcula tu periodo de descanso

  • El número de días vacacionales va vinculado a la antigüedad del trabajador.
  • Es necesario que el empleado haya laborado por lo menos un año en la compañía.
  • Al primer año le corresponden 6 días de vacaciones. Conforme pasa el tiempo se incrementan en forma gradual hasta llegar a doce.
  • Después del cuarto año, las vacaciones aumentarán 2 días por cada 5 años de servicio.
  • La prima vacacional se calcula promediando el sueldo diario del trabajador, luego se multiplica por los días de vacaciones que le corresponden y de ésta cifra de obtiene el 25 por ciento.

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