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Registro de celulares: Estos son los lineamientos para vincular líneas telefónicas
La CRT fijó en enero de 2026, la fecha para que todas las líneas telefónicas móviles tengan que estar asociadas a una persona física o moral.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles.
Con esta regulación, avalada el pasado 8 de diciembre, se permitirá vincular a partir del 9 de enero de 2026- cada línea telefónica a una persona física o moral, eliminando el anonimato que permite usar este servicio para cometer delitos.
De esta manera se formaliza el registro que ya realizan los operadores para el servicio de pospago, y se alinea con las mejores prácticas internacionales para restablecer la confianza en la telefonía celular.
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La CRT reiteró que la información será resguardada por los operadores telefónicos y se cumplirá con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Los Lineamientos que entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establecen que los documentos de identidad para asociar las líneas telefónicas a una persona física serán credencial de elector o pasaporte y CURP. Además, las personas morales deberán presentar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Con estos Lineamientos, la CRT indicó que cumple con su mandato de centrar sus esfuerzos regulatorios en beneficiar a las personas, luego de escuchar activamente a la industria de las telecomunicaciones e incorporar los resultados de la Consulta Pública.
¿Cuáles son los lineamientos para vincular líneas telefónicas?
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para Vincular Líneas Telefónicas Móviles, los proveedores del servicio de telefonía móvil únicamente registrarán el nombre, la CURP, el número telefónico asociado, la fuente de confianza consultada y el resultado de la Validación de Identidad.
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Para la Validación de Identidad de las personas representantes legales de las personas morales, se deberá presentar:
Documento que contenga la razón social y el RFC de la persona moral;
El RFC será validado por los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil mediante la consulta al Servicio de Administración Tributaria;
Identificación Oficial vigente de la persona representante legal. Los datos de la persona titular de la Identificación Oficial serán validados por los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil mediante la consulta a fuentes de confianza a cargo de autoridades competentes, y
Documento que acredite la personalidad como representante legal.
Para Vincular Líneas Telefónicas Móviles de personas morales, los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil únicamente registrarán el nombre o razón social, el RFC, el número telefónico asociado, la fuente de confianza consultada y el resultado de la Validación de Identidad.
Para la Validación de Identidad de la persona representante legal de un Ente Público, se deberá presentar lo siguiente:
- Identificación Oficial vigente de la persona servidora pública facultada;
- Documento que contenga la razón social y RFC del Ente Público;
- Nombramiento de la persona servidora pública, y
- Documento donde consten las atribuciones o representación legal del Ente Público.
Para Vincular Líneas Telefónicas Móviles de Entes Públicos, los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil únicamente registrarán el nombre o razón social, el RFC, el número telefónico asociado, la fuente de confianza consultada y el resultado de la Validación de Identidad.
Para la Validación de Identidad de personas físicas de nacionalidad extranjera, se deberá presentar:
- Pasaporte, o
- CURP temporal para extranjeros.
Para Vincular Líneas Telefónicas Móviles de personas físicas de nacionalidad extranjera, los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil únicamente registrarán nombre, país de origen, número de pasaporte o, en su caso, CURP temporal para extranjeros, el número telefónico asociado y el resultado de la Validación de Identidad.


