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INE frena campañas anticipadas al PJF
El INE determinó que serán sancionados aquellos que realicen actos de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.

El Consejo General del INE avaló la creación de un catálogo de infracciones para el proceso electoral del Poder Judicial, en cual prevé sanciones por actos anticipados de campaña tanto de aspirantes como de candidatos a jueces, magistrados y ministros, así como la participación activa de funcionarios públicos como los llamados Servidores de la Nación.
Por unanimidad de votos, las y los consejeros del INE avalaron emitir tanto el catálogo de infracciones como las reglas procesales y de actuación para los trámites de procedimientos sancionadores para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, ello al advertir que el Congreso fue omiso en incluir las sanciones en la Reforma Judicial.
“Los decretos de reforma Constitucional y a la LGIPE en materia de elección de personas juzgadoras, prevén normas de actuación y prohibiciones para quienes participarán en el PEEPJF 2024-2025… No obstante, dichas normas constitucionales y legales son omisas en la determinación de un catálogo de infracciones en observancia al principio de tipicidad, que describa con precisión -en atención al principio de taxatividad- aquellas conductas que serán materia de sanción por la vía de los procedimientos sancionadores”, señaló el acuerdo del INE.
Según el documento aprobado, desde este jueves, las personas aspirantes y candidatas; los partidos políticos; las personas servidoras públicas; los dirigentes y afiliadas a partidos políticos; las personas observadoras electorales; cualquier persona física o jurídica y concesionarios de radio y televisión, podrán ser sujetos a sanciones en caso de infringir la ley electoral.
En este sentido, se destacó que tanto las personas aspirantes y candidatas a juzgadoras podrán ser sancionadas cuando, entre otras cosas, realicen actos de campaña antes del periodo establecido por la ley para tal efecto.
De igual forma, serán infraccionados en caso de que contraten espacios en radio y televisión o cualquier medio de comunicación para promocionar su candidatura; cuando difundan propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia o cuando hagan uso de recursos públicos, en efectivo o en especie.
Mientras que en el caso de los servidores públicos, el INE determinó que serán sancionados aquellos que realicen actos de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna, así como el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial.
Al igual que la utilización de programas sociales y de sus recursos, del ámbito federal, estatal, municipal, o de la Ciudad de México, con la finalidad de inducir o coaccionar a la ciudadanía para votar a favor o en contra de cualquier persona candidata.
Además de que serán sancionados aquellos que participen en actos de proselitismo en días y horas laborales y el participar en actos de proselitismo de manera activa, en días y horas no laborables, cuando no se ostente la calidad de persona candidata a juzgadora.
En tanto, se confirmó la negativa de que los Partidos Políticos, militantes o líderes partidistas participen en este proceso electoral.
Durante la discusión de este acuerdo, el INE avaló, a propuesta del Consejero Martín Faz, incluir la prohibición específica y sanciones por la injerencia de las personas servidoras públicas relacionadas con la operación de programas sociales, como lo son los Servidores de la Nación.
“A mí consideración es necesario incluir disposiciones que refuercen la prohibición de injerencia de las personas servidoras públicas en actividades que puedan afectar la equidad de la contienda, particularmente de aquellas relacionadas con la operación de programas sociales.
“En ese sentido, se propone establecer como conducta sancionable la organización de foros por parte de dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas que impliquen la entrega de un beneficio social directo a la población.
“Y se propone, asimismo, agregar que tampoco puedan participar como moderadores de dichos foros las personas servidoras públicas operadoras de programas sociales y de actividades institucionales adscritas a esas instituciones, ni las personas servidoras de la nación”, destacó el consejero Martín Faz, al presentar su propuesta.