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Finanzas Personales

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Más información, mejor decisión al contratar servicios en el banco

De esta forma, la Condusef establece los requisitos mínimos que de los contratos, donde éstos deben especificar la tasa de interés, el CAT y todas las comisiones que cobran los bancos y sofomes al prestar un servicio.

Con la finalidad de que los clientes de los bancos y sofomes tengan más información al contratar los servicios que estas instituciones prestan, la Condusef obtuvo la aprobación de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) para regular la información que deben llevar los contratos, así como la publicidad que presenten en sus sucursales.

De esta forma, la Condusef establece los requisitos mínimos que de los contratos, donde éstos deben especificar la tasa de interés, el CAT y todas las comisiones que cobran los bancos y sofomes al prestar un servicio.

La Cofemer consideró que estas acciones dan más información al cliente, lo que le permite comparar y tomar una mejor decisión al elegir un producto o servicio financiero.

Asi mismo, considera que es una protección para el cliente del banco, ya que al tener conciencia del costo que implicará tener un producto financiero, se reduce el riesgo de caer en incumplimientos y morosidades en sus pagos.

Recomendaciones

La Cofemer recomendó dentro de la aprobación final que se cree algo similar al Costo Anual Total (CAT) para todos los productos financieros de los bancos, ya que éste sólo se usa para los créditos. Pero falta la implementación para un producto de ahorro y de inversión en el que se tome en cuenta todos los costos y comisiones que cobran las instituciones por estos servicios.

Características

De acuerdo con la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, cualquier contrato que una institución financiera cree para cada uno de sus productos debe estar inscrito y avalado por el Registro de Contratos de Adhesión (Reca), administrado por la Condusef.

En las nuevas normas se determina que se debe especificar el concepto, el monto y el método usado para calcular las comisiones que cobrarán a los clientes, así como los motivos que las causen y el periodo exacto de pago.

Dentro de las nuevas normas, se determina que la publicidad debe estar en las sucursales bancarias; los estados de cuenta que emitan se deben enviar gratuitamente al domicilio que señalen los usuarios con la periodicidad pactada, la cual no podrá ser mayor a cada seis meses y dentro de los 10 días siguientes a la fecha de corte correspondiente.

ehuerfano@eleconomista.com.mx

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