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Jornada laboral de 42 horas es una realidad en Colombia

Para especialistas, la medida que entró en vigor este miércoles sí implica un aumento en los costos laborales porque las empresas deben mantener el salario de los trabajadores por menos horas trabajadas.

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La reducción gradual del horario laboral en el país comenzó en 2023, cuando la jornada pasó de 48 a 47 horas semanales. foto: afp

Entró en plena aplicación la etapa final de la reducción de la jornada laboral en Colombia, conforme a lo dispuesto en la Ley 2101 de 2021. Durante el primer semestre del año, entre el 1 de enero y el 14 de julio de 2026, la jornada máxima legal era de 44 horas semanales. Sin embargo, a partir de hoy entra en la etapa final de la reforma: la jornada se reduce a 42 horas semanales, sin disminución salarial ni de derechos adquiridos.

“Veníamos con una jornada laboral de 48 horas. El primer año, según esa ley, implicó una reducción de 48 a 46 horas; el segundo, de 46 a 44. Y este último año, a partir del 15 de julio, la jornada laboral en Colombia quedará en 42 horas semanales”, afirmó Antonio Sanguino, ministro de Trabajo.

Más costos para las empresas

Aunque el salario no se reduce, la jornada más corta sí tiene efectos directos sobre los costos laborales. Para los empleadores, el valor de la hora ordinaria aumenta. “Sí implica un aumento en los costos, porque las empresas deben mantener el salario de los trabajadores por menos horas trabajadas. Cubrir la carga operativa puede exigir nuevas contrataciones o el pago de horas extras”, advirtió Nicolás Rico Álvarez, socio de Scola Abogados. Si una empresa necesita operar en días festivos, el costo será mayor. Los recargos por trabajo dominical y festivo aumentarán de forma gradual.

Según Rico, el recargo por trabajar un festivo llegará a 90% y, desde julio de 2027, será de 100%, es decir, el día se pagará al doble. Además, si se supera la jornada ordinaria, deberán reconocerse horas extras diurnas o nocturnas.

¿Y las nocturnas?

Según el artículo 11, denominado Trabajo Diurno y Nocturno, que modifica el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, la jornada diurna se desarrolla entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m., mientras que la nocturna comprende el período entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. En cuanto a las horas extras, la norma establece que el empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador, en el que se especifiquen el nombre, la actividad desarrollada y el número de horas laboradas, precisando si son diurnas o nocturnas. Por su parte, el artículo 14, denominado Límite al Trabajo Suplementario, señala que, en ningún caso, las horas extras, ya sean diurnas o nocturnas, podrán exceder dos horas diarias. “Colombia venía de una de las jornadas laborales más largas del mundo”, señaló Juliana Morad, directora del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana.

A la reducción de la jornada laboral también se suma un nuevo festivo en el segundo semestre. Con ello, habrá 72 horas menos de trabajo. En la práctica, la jornada efectiva será cercana a 40 horas semanales, al combinar la reducción de la jornada legal con los 19 festivos del calendario. Es decir, durante el primer semestre de 2026 el máximo de horas trabajables era de 44 semanales que, multiplicadas por las 26 semanas previas al ajuste, equivalen a 1,144 horas. Con la nueva jornada de 42 horas semanales, el segundo semestre suma 1,092 horas, para un total anual de 2,236.

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