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Colectivo Seguridad sin Guerra insta a SCJN a debate abierto sobre la participación de militares en tareas de seguridad
El colectivo criticó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tenga planeado analizar la controversia constitucional interpuesta contra el decreto presidencial sobre la permanencia de las fuerzas armadas en tareas de seguridad sin dar a conocer previamente el proyecto de resolución.
Foto EE: Rosario Servín
El Colectivo Seguridad sin Guerra alertó sobre un posible "albazo militarista" en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ello debido a que el máximo tribunal de país podría analizar el próximo 24 de noviembre la controversia constitucional interpuesta contra el decreto presidencial sobre la permanencia de las fuerzas armadas en tareas de seguridad, pero sin dar a conocer previamente el proyecto de resolución.
El colectivo condenó que un asunto de esta relevancia para la vida pública del país sea discutido y votado en una sala con cinco ministras y ministros y no en el Pleno con once integrantes de la SCJN.
Esperamos que mientras el Comité de las Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada realiza su visita en nuestro país y verifica el horror y las consecuencias de las malas decisiones en materia de seguridad pública, el Máximo Tribunal no cometa el error de dar un albazo y extender el cheque en blanco en lugar de hacer cumplir la constitución”, dijo el colectivo.
Reiteraron el llamado público y formal hecho al ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien “ha ignorado nuestra petición de celebrar audiencias públicas previas en las que las ministras y ministros puedan escuchar las posiciones de las partes, así́ como a víctimas de crimen atroces cometidos por las Fuerzas Armadas (desaparición forzada de personas, tortura, violación y ejecución extrajudicial) e integrantes de organizaciones de la sociedad civil, a organismos internacionales y a las propias fuerzas armadas de forma pública y transparente”.
En el mismo sentido, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, lamentó que a la fecha, el proyecto de resolución no es público y desde la óptica de los derechos humanos, la resolución de la controversia constitucional 90/2020 es del máximo interés público, por lo que en su análisis, la SCJN puede y debe ser contrapeso frente al proceso de profundización de la militarización que se ha venido materializando.
Recordó que el caso derivó de la controversia constitucional interpuesta por la exlegisladora Laura Rojas, la entonces presidenta de la Cámara de Diputados, en contra del acuerdo presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2020, mediante el que se dispuso de la Fuerza Armada Permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública.
Y aunque el acuerdo se fundamentó en el Artículo Quinto Transitorio del Decreto que dio vida a la Guardia Nacional, el cual establecía que la disposición de la Fuerza Armada Permanente por parte del Presidente de la República debía sujetarse a cinco condiciones concretas: ser extraordinaria, ser regulada, ser fiscalizada, ser subordinada y ser complementaria.
Sin embargo, el acuerdo publicado el 11 de mayo de 2020 señala en sus 5 artículos y 2 transitorios, que se permite que el jefe del Ejecutivo disponga de la Fuerza Armada Permanente, sin un marco que garantice que esta disposición sea extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
“Por tal motivo, la constitucionalidad del Acuerdo fue puesta en duda por diversas voces, incluida la de organizaciones civiles de derechos humanos como el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh). Lamentablemente, la CNDH fue omisa y, en una interpretación restrictiva de sus facultades, decidió no impugnar el Acuerdo aunque evidentemente afecta derechos humanos”, recalcó la organización.
kg