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Fideicomisos, una estrategia fiscal para desarrolladoras inmobiliarias de Nuevo León: Especialistas

Genoveva Beatriz Franco, directora general de Click Seguridad Jurídica, explicó que los desarrolladores que aportan a un fideicomiso, jurídicamente están enajenando, pero fiscalmente no.

Foto: Reuters

Monterrey, NL. Los fideicomisos representan una estrategia fiscal para las desarrolladoras inmobiliarias, ya sea para la compra o construcción de bienes inmuebles, para transferir una propiedad o invertir en bienes raíces de forma adecuada, sin embargo, se deben estructurar bien y se debe investigar a quienes van a participar para que se garantice el monto a invertir, alertó Genoveva Beatriz Franco, directora general de Click Seguridad Jurídica.

En una conferencia que ofreció a los socios de la Asociación Mexicana de Promotores Inmobiliarios (AMPI) en Monterrey, mencionó que los tres actores que intervienen en un fideicomiso son: el fideicomitente que es la persona que aporta a un fideicomiso, por ejemplo, para dejarlo en herencia a sus hijos.

“También existe el fiduciario que debe ser una institución financiera reconocida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), y la Condusef, y debe tener los papeles en regla. Les pido que investiguen bien a los fiduciarios, porque algunos hacen cosas medio extrañas, y el fideicomisario es la persona que va a recibir el fideicomiso”, indicó la especialista.

Es un mito, dijo, que el fideicomiso sirve para no pagar impuestos, “sí puede servir para una estrategia fiscal, por eso los desarrolladores lo están utilizando, por protección, y para fines lícitos y determinados en un contrato”.

Explicó que los desarrolladores que aportan a un fideicomiso, jurídicamente están enajenando, pero fiscalmente no.

“El artículo 14, del Código Fiscal de la Federación, prevé que los fideicomisos en donde la persona que aporta se reserva el derecho de que en algún momento se le regrese lo que aportó, no se considera para efectos fiscales, quiere decir que lo único que vamos a pagar son los gastos notariales, y los derechos ante el Registro Público, porque si tenemos bienes inmuebles sí tiene que haber una inscripción en nstruir el desarrollador, éste le puede ir pagando mientras termina de construir, entonces no se considera para efectos fiscales porque el desarrollador no pagó el Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISAI), esto representa un ahorro fiscal enorme porque no es una contribución sobre la compra del terreno, detalló la especialista.

Por su parte, Engelbert Poblette Mejía, socio de Poblette & Abogados Consultores Legales, S.C., comentó a El Economista que “como desarrollador inmobiliario el fideicomiso puede ser útil para servir de garantía ante un nuevo proyecto en donde puedan establecerse reglas de operación, así como obligaciones por las diversas partes”.

“Es importante dejar claro todos los derechos y obligaciones de las partes, por eso recomendamos siempre hacer un contrato de asociación en participación, donde quede todo bien especificado”, recalcó el abogado.

Ahondó que es recomendable realizar un fideicomiso a través de una institución financiera, ya que se tendrá la certeza de que tiene la aprobación de la CNBV.

En el caso de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofom), son sociedades anónimas cuya finalidad es otorgar créditos, arrendamientos, factoraje o cualquier financiamiento similar, sin embargo, para cerciorarse que son reguladas, deben agregar las palabras “entidad regulada” o tener las iniciales E.R., lo que significa que están sujetas a la supervisión de la CNBV y la Condusef, en el caso de que sea el fiduciario de un fideicomiso.

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