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Opinión

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Trump, aranceles, SCOTUS y México

La Suprema Corte de Estados Unidos anuló los aranceles de Trump bajo IEEPA; México, protegido por el T-MEC, enfrenta oportunidades y riesgos con aranceles temporales y futuras negociaciones comerciales.

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Jorge A. Castañeda | Columna invitada

Jorge A. Castañeda Morales

La semana pasada, la Suprema Corte de Estados Unidos asestó a Donald Trump quizá el revés más importante de su segundo mandato. En una decisión en la que dos jueces nominados por él votaron en su contra, la Corte tumbó los aranceles anunciados en “Liberation Day” en abril pasado. ¿Qué significa esta decisión para la política arancelaria y ahora en su “informe presidencial”? ¿Y qué implicaciones tiene para México?

El fallo anuló los aranceles impuestos por Trump con base en la ley IEEPA. Según la interpretación de la Corte, dicha norma nunca autorizó al presidente a imponer aranceles sin límite de tasa, monto ni duración; eso corresponde al Congreso. Esto implica que unos 142,000 millones de dólares ya recaudados bajo IEEPA están en disputa: las empresas podrían reclamar devoluciones en un proceso que probablemente tardará años en resolverse.

Trump reaccionó de inmediato. Invocando la Sección 122 del Trade Act de 1974, anunció un arancel global del 10% con entrada en vigor el 24 de febrero. No bastó: el sábado lo elevó a 15%, el máximo que permite la ley. Sin embargo, esta misma ley tiene un límite firme de 150 días, por lo que los aranceles expiran el 24 de julio de 2026; para extenderlos necesitaría al mismo Congreso que ya rechazó la IEEPA. La buena noticia para México es que los bienes que califican bajo el T-MEC quedan exentos, al igual que las importaciones de energía, farmacéuticos, minerales críticos y productos ya gravados bajo la Sección 232, como acero y aluminio.

Lo que en apariencia es una medida quirúrgica es, en realidad, la tercera capa de una arquitectura arancelaria apilada sin coherencia aparente: la Sección 232 sobre metales y autos, la Sección 301 dirigida contra China con tasas cercanas al 30%, y ahora la Sección 122 de alcance global. El resultado es una tasa arancelaria efectiva promedio de alrededor del 13% —por debajo del 17% alcanzado bajo la IEEPA, pero la más alta desde 1946—. Y aun así, esto podría ser solo el prólogo. La Casa Blanca prepara investigaciones paralelas bajo las Secciones 201 y 301 que, una vez expire la Sección 122 en julio, podrían dar paso a aranceles más permanentes y considerablemente más altos.

Para México, el panorama a corto plazo es favorable. La exención del T-MEC nos coloca, junto con Canadá, como los únicos socios comerciales con acceso preferencial al mercado estadounidense bajo este régimen. Cerca de 85% de nuestras exportaciones cumple con las reglas de origen y entra con una tasa arancelaria efectiva cercana a 4.6%. En contraste, la Unión Europea enfrenta alrededor de 15%, India soporta castigos cercanos a 50% y China continúa con tasas de 37 por ciento.

Julio de 2026 es la fecha que hay que marcar en el calendario. La revisión del T-MEC coincide exactamente con el vencimiento del plazo de 150 días de la Sección 122, y esa coincidencia no es un accidente: representa el punto de mayor presión que enfrentará México en lo que resta de este sexenio. Para entonces, la Casa Blanca tendrá activas investigaciones bajo las Secciones 201 y 301 —el garrote de reserva— que podrían abrir la puerta a aranceles más permanentes y elevados si la renegociación del tratado no arroja los resultados que Trump quiere. La Corte le quitó el martillo; su informe anual al Congreso nos dejó claro que salió de inmediato a buscar otro. El T-MEC es hoy el mejor escudo disponible para México, pero conviene llegar a julio sin ilusiones: la exención actual no es un derecho adquirido y su renovación tendrá un precio. La pregunta es si estamos dispuestos a pagarlo.

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