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Economía

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Piden sancionar a funcionarios por violar derechos de causantes

Plantean la inhabilitación del funcionario público, así como la revocación o nulidad del supuesto adeudo.

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Filas SAT PandemiaGalo Ca�as @Cuartoscuro, Cuartoscuro.com

Santiago Rentería Nolasco

La Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC) no contempla inhabilitaciones para los servidores públicos en caso de que omita los derechos de los contribuyentes, por ello debe haber una reforma para que se sancione al personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando no se respeten los derechos de los contribuyentes.

“Si llega a existir una violación a los derechos del contribuyente debería de existir la inhabilitación del funcionario público que omita los derechos del contribuyente así como la revocación o nulidad del supuesto adeudo por parte de la autoridad al momento de ejercer las facultades de comprobación”, dijo a este espacio Jorge Pickett, socio del área fiscal de ASA Defensa y Estrategia Fiscal.

Las facultades de comprobación del SAT se componen de visitas domiciliarias, auditorías y revisiones de gabinete, entre otros.

Actualmente, el Artículo 2, fracción XII, de la LFDC establece que la omisión de lo dispuesto en dicha fracción no afectará la validez de las actuaciones que lleve a cabo la autoridad fiscal, pero dará lugar a que se finque responsabilidad administrativa al servidor público que incurrió en la omisión.

Sin embargo, refirió el experto, la ley de los derechos de los contribuyentes, es una ley inservible que no apoya y protege del todo al contribuyente, a pesar de contar con una lista larga de derechos hacia los contribuyentes, carece de sanciones reales en contra de los servidores de la autoridad fiscal.

“Para que realmente exista un respeto al Estado de derecho en materia fiscal se tiene que realizar una modificación a la LFDC donde se convierta en una norma perfecta, es decir que se impongan sanciones reales a las autoridades”, sostuvo Pickett.

Los contribuyentes tienen derechos a tener información al inicio de las facultades de comprobación, pero en la práctica las autoridades fiscales no lo cumplen y en la ley correspondiente no hay sanciones como tales para estos abusos de autoridad que cometen durante las visitas y revisiones.

“Tenemos una ley que establece derechos y obligaciones; sin embargo, no establece ninguna sanción por la violación de los derechos y obligaciones (...) La ley es obsoleta e inservible, no tiene mayor consecuencia la violación a lo norma”, expresó el socio del área fiscal de ASA Defensa y Estrategia Fiscal.

Pickett agregó que la razón principal de que no ha habido una reforma a la LFDC es porque la autoridad no quiere echarse la soga al cuello con sanciones efectivas ante la violación de la norma.

Casi dos décadas sin cambios

La LFDC entró en vigor en el 2005, sin embargo, desde su creación no ha tenido cambios estructurales, por ello organizaciones como el Colectivo Nacional en Defensa de los Derechos del Contribuyente (Conadeco), junto con el Instituto de Especialización para Ejecutivos (IEE), han pedido modificaciones en favor de los contribuyentes.

La Conadeco mencionó a este espacio que la LFDC ha quedado rebasada dado que no cuenta con ningún tema vinculado con el tema de medios electrónicos, a pesar de que en la actualidad todo lo que es la fiscalización electrónica es de los aspectos más importantes para la autoridad.

Desde el punto de vista  del colectivo y del IEE, los derechos de los contribuyentes también son derechos humanos, por lo tanto se tiene que proteger y deben de evolucionar.

santiago.renteria@eleconomista.mx

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