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Estados y municipios deberán licitar deuda
Comisión de Puntos Constitucionales en la Cámara de Diputados avala poner candados a endeudamiento local, de última hora, dan la facultad al Congreso de la Unión de establecer las condiciones para contratar pasivos.

La Cámara de Diputados aprobó en comisiones reformas a la Constitución para fijar reglas claras respecto del endeudamiento de estados y municipios, cuyo tema se incluirá en la agenda legislativa a desahogar en el siguiente periodo extraordinario de sesiones, que se realizará a partir del próximo día 16.
De acuerdo con el cambio de última hora al dictamen correspondiente, promovido por el PRI y respaldado por las seis fuerzas partidistas restantes representadas en San Lázaro, el Congreso de la Unión tendrá la facultad de establecer las modalidades y condiciones de deuda pública, la cual deberá contratarse mediante licitación pública, así como los mecanismos que se determinen necesarios para asegurar las mejores condiciones de mercado y el fortalecimiento de la transparencia en los casos en que los pasivos no se establezcan como obligatorios.
El propósito de la enmienda constitucional es garantizar en el mediano y largo plazos un manejo adecuado de las finanzas públicas locales para generar condiciones que permitan el crecimiento de la economía.
Puesto que los recursos que recauda y distribuye el gobierno federal y los que generan las entidades y sus ayuntamientos no resultan suficientes para atender sus necesidades, detalla el dictamen, ambos órdenes de gobierno tienen que recurrir a contratar empréstitos, cada vez más, para realizar inversiones en infraestructura.
Algunos gobiernos estatales y municipales han realizado obras políticamente rentables, pero que dejan la responsabilidad de la operación, el mantenimiento y el pago de dicha deuda a las administraciones siguientes, lo que ha ocasionado el sobregiro de su capacidad de endeudamiento porque el presupuesto comprometido al pago de la deuda es tan grande que limita seriamente su operación normal, poniendo en peligro el equilibrio de la Tesorería y los servicios públicos que el gobierno está obligado a proporcionar, precisa el decreto.
OTRAS APROBACIONES
La nueva redacción del Artículo 74 constitucional establece que los servidores públicos de los estados y municipios serán los responsables del eventual manejo indebido de la deuda pública.
Las entidades, ayuntamientos y el DF tendrán también la obligación de inscribir y publicar la totalidad de sus empréstitos y obligaciones de pago en un registro público único de manera oportuna y transparente.
Una vez aprobada la enmienda constitucional por ambas cámaras del Congreso de la Unión y ratificada por al menos 16 congresos locales, la Cámara de Diputados estará obligada a expedir, en el plazo de seis meses contados a partir de su promulgación, la legislación secundaria en materia de responsabilidad hacendaria que establecerá las bases generales para el endeudamiento de los gobiernos subnacionales, así como los límites y modalidades bajo los que dichos órdenes de gobierno podrán afectar sus respectivas participaciones federales.
La deuda total de estados y municipios registró un nivel histórico de 436,242 millones de pesos en el primer trimestre, lo que representa un aumento de 9.9% a tasa anual. La cifra equivale a 81.5% de las participaciones, en promedio.
rramos@eleconomista.com.mx