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Diputados quieren relajar los requisitos para acceder a la Modalidad 40
El derecho de la Modalidad 40 se pierde si no se ejerce en los cinco años posteriores a la fecha de la baja laboral.
Un diputado federal de Morena propuso en una iniciativa reformar la Ley del Seguro Social para relajar los requisitos que deben de cumplir los trabajadores que quieren acceder a la Modalidad 40.
En la iniciativa, del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, se busca remover el requisito de que los trabajadores que accedan a la Modalidad 40 deban de quedar inscritos con el último salario que cotizaban o bien uno superior al momento que dejaron de laborar.
Con los cambios que propone, el artículo 218 de la Ley del Seguro Social establecería que los asegurados pudieran quedar inscritos “con un salario mínimo general del área geográfica respectiva a la fecha de la inscripción o un salario superior al que tenían en el momento de su baja”.
Actualmente dicho artículo dice que el asegurado debe quedar inscrito “con el último salario o superior al que tenía en el momento de la baja”.
La Modalidad 40 es el esquema para que los trabajadores que cotizan bajo la Ley del 73 y que dejaron de laborar en los años previos a su jubilación, puedan hacer aportaciones mes a mes con el fin de acumular semanas de cotización o bien mejorar el salario con el que estaban registrados.
Es necesario tener en cuenta que las pensiones para los asegurados de la Ley del 73 se basan en el número de semanas cotizadas, así como en el salario que tuvo el trabajador durante sus últimos cinco años de vida laboral, explicó Moisés Pérez, director de retiro para Latinoamérica en AON.
La iniciativa de reformas además busca derogar el artículo 219, en el que se establece que el derecho de la Modalidad 40 se pierde si no se ejerce en los cinco años posteriores a la fecha de la baja laboral.
Moisés Pérez explicó que si pasan cinco años y el trabajador no ejerció el derecho, para poder acceder al esquema de la Modalidad 40 tiene que cotizar durante 52 semanas (un año).
Dijo que con la derogación del artículo 219, ya no sería necesario cotizar 52 semanas aun cuando hayan pasado cinco años de la baja laboral.
“(…) poner un límite de tiempo a quien ya no pertenezca al régimen obligatorio establecido en el Ley del Seguro Social, para que cotice de forma voluntaria, es un requisito excesivo que atenta contra de los derechos humanos a la salud y a la seguridad social”, dijo el diputado en la exposición de motivos de su propuesta.
Cabe resaltar que la iniciativa apenas fue publicada en la Gaceta Parlamentaria y no ha sido presentada ni turnada a ninguna comisión legislativa. Puede permanecer publicada en la gaceta y nunca ser discutida o votada.