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Finanzas Personales

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Estrene y proteja con garantías

En esta temporada estrenar es casi obligado, y ya que renovaremos algún aparato en el hogar o en la oficina, es buena idea considerar las garantías extendidas.

En esta temporada estrenar es casi obligado, y ya que renovaremos algún aparato en el hogar o en la oficina, es buena idea considerar las garantías extendidas.

La idea me vino a la mente por una conversación con directivos de una empresa que se dirige a personas de ingreso menor.

La cadena comercial que opera en todo el país pondera como un atractivo garantías extendidas para los electrónicos y electrodomésticos, hasta por dos años sin costo.

Me pareció en verdad interesante que las personas de bajo ingreso reciban información sobre la protección de sus compras, sobre la posibilidad de prolongar el valor de sus bienes mediante la garantía de reparaciones y mantenimiento.

Sin importar el nivel de ingreso ni el monto de la compra, al momento de realizar la operación es frecuente olvidar que además del color, los atributos del aparato, las facilidades que producirá en la oficina y el hogar, es necesario considerar el costo de averías, descomposturas o defectos.

Incluso, al comprar un auto a crédito es posible obtener una garantía extendida, que permite solventar reparaciones mayores, como la transmisión, la caja de velocidades o la suspensión.

Previsiones básicas

Solicite que le informen el nombre de la aseguradora que respalda el riesgo, que constituye las reservas.

Puede ser una aseguradora propiedad de la empresa o una con la que trabaja por convenio.

Exija el certificado de la garantía extendida, así como las condiciones para ejercer los beneficios contratados.

También, un instructivo sobre el reporte del siniestro, lo que se requiere presentar y las condiciones del servicio.

Por lo que hace a la extensión de garantía, los expertos refieren por principio que es una operación activa de seguros, por lo que está reservada exclusivamente a instituciones y sociedades mutualistas de seguros, constituidas y autorizadas para operar en México.

Ello significa que se rigen por las leyes vigentes en la materia: la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la Ley del Contrato del Seguro.

Asimismo, que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) les expidió una autorización para operar y le reportan todas las operaciones que realizan, incluso someten a su aprobación los productos que ofrecen.

Y también reportan a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Conforme a los especialistas, una extensión de garantía se produce cuando una aseguradora asume la obligación a cambio de una prima y por un periodo específico, de reparar, remplazar y/o dar mantenimiento a un bien mueble o de pagar una prestación en dinero, en el momento en que éste presente alguna falla estructural o de operación derivada del defecto en los materiales, calidad o mano de obra.

Con respaldo

No obstante, los proveedores de bienes también pueden ofrecer garantías extendidas, pero sin realizar una operación activa de seguros.

Para hacerlo, debe mantener vigente una cobertura de exceso de pérdida, que le permita cumplir las obligaciones contraídas con sus clientes a los que haya ofrecido resarcir un bien.

En el contrato debe quedar expreso el fabricante, el emisor de la póliza, porque la extensión de garantía es un derecho incluido en la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Exclusiones generales

Para evitar sorpresas es necesario tener presente los casos en que el reclamo puede ser rechazado.

1- Uso indebido o abusivo del bien.

2- Deterioro por depreciación y/o desgaste causado por el natural o normal uso o funcionamiento.

3- Uso de refacciones o componentes no autorizados por el fabricante.

4- El arreglo, reparación o desarme por un técnico no autorizado por el fabricante en el periodo de vigencia de la garantía.

mtizquierdo@eleconomista.com.mx

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