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Cualquier trabajador puede afiliarse a una afore
La reforma de pensiones permitió que desde julio de 1997 los trabajadores comenzaran a ahorrar de manera sistemática en cuentas de capitalización y propiedad individual para su retiro.
El 1 de julio de 1997 comenzaron a operar las administradoras de fondos para el retiro (afores) con el propósito de ofrecer una alternativa viable de ahorro para el retiro de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La reforma de pensiones permitió que millones de trabajadores comenzaran a ahorrar de manera sistemática en cuentas de capitalización y propiedad individual.
¿Quiénes pueden beneficiarse con registrarse a una afore?
En el 2002 se aprobaron reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), mediante las cuales el Congreso de la Unión determinó que los trabajadores no afiliados al IMSS pudieran abrir una cuenta individual en la afore de su elección. De manera que en la actualidad, el Sistema de Ahorro para el Retiro está listo para recibir el ahorro provisional de todos los trabajadores del país.
De esta forma, las afores pueden abrir una cuenta individual a trabajadores de los siguientes grupos:
Trabajadores régimen IMSS.
Trabajadores afiliados al ISSSTE. Este grupo de trabajadores podrán escoger la afore que más convenga a sus intereses, una vez transcurrido el plazo de transición de tres años del Pensionissste, es decir, a partir de abril del 2011.
Trabajadores independientes, pese a no estar inscritos en algún régimen de seguridad social, pueden voluntariamente efectuar aportaciones y así acumular recursos para su retiro.
Trabajadores de dependencias y entidades públicas estatales y municipales, cuyo patrón decida confiar el fondo de previsión social a la administración de una afore con la posibilidad de que puedan realizar aportaciones complementarias y voluntarias.
Entre las ventajas para estos grupos de trabajadores son la administración profesional y especializada que llevan a cabo las afores, pudiendo tener acceso a rendimientos competitivos.
En este sentido, cabe mencionar que el rendimiento anual promedio de las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (siefores) desde 1997 es de 13.7% nominal y 6.7% real. Asimismo, se debe tener en cuenta que la administración de estos recursos se lleva a cabo con el mismo esquema de seguridad y supervisión que se aplica al ahorro provisional obligatorio, se logra un aprovechamiento de la infraestructura tecnológica y de servicio de las administradoras de fondos para el retiro (afores), con menores costos por la administración de los recursos.
En el caso de los trabajadores afiliados al IMSS, adicionalmente a la subcuenta de aportaciones voluntarias, contarán con una subcuenta de aportaciones complementarias.
Tendrá el fin de aumentar la pensión al momento de su retiro y cualquier trabajador no afiliado al IMSS puede tener una cuenta individual para realizar aportaciones destinadas a su retiro y aportaciones voluntarias que podrán disponerse antes del retiro.
¿Cómo me registro en una afore?
1. Se puede llamar a una afore y solicitar que envíen a un representante (agente promotor) al domicilio o centro de trabajo. Los teléfonos de las afores los proporcionan en el SAR-TEL al (01800)5000-747 o se pueden consultar en Internet en www.amafore.org
2. En la oficina de la afore que el trabajador haya elegido.
Para registrar al trabajador se requieren tres documentos oficiales:
Original y copia de la constancia CURP o de algún documento oficial donde conste la CURP.
Original y copia simple del acta de nacimiento.
Original y copia simple de una identificación oficial (credencial IFE o pasaporte).
Debe tenerse en cuenta que está prohibido que un agente promotor reciba sus aportaciones voluntarias, dado que dichos depósitos se deberán hacer exclusivamente en las oficinas de la afore o el banco que le indiquen.
Para obtener mayor información sobre el sistema de pensiones visite la página de Internet: www.amafore.org