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TEPJF avala quitar más de 93,700 afiliados a Morena y asignarlos a organizaciones que buscan ser partidos
El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó por unanimidad de votos el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón en el que rechaza una impugnación interpuesta por Morena en contra de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE.

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó quitarle cerca de 93,742 afiliaciones a Morena y dárselas como válidas a las organizaciones que buscan constituirse como partidos políticos; también ordenó al INE revisar otros 18,482 casos de duplicidad que Morena reclama y así determinar la voluntad del militante.
Como en pocas ocasiones, el pleno del TEPJF avaló por unanimidad de votos el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón en el que rechaza una impugnación interpuesta por Morena en contra de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE por el caso de 93,742 dobles afiliaciones.
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De acuerdo con la determinación de la autoridad electoral, estas afiliaciones duplicadas con diversas organizaciones interesadas en constituir un partido político nacional les correspondían a ellas respectivamente, toda vez que Morena no logró comprobar la documentación necesaria para defenderlas.
Y es que el partido solo aportó cédulas de afiliación en archivos electrónicos mediante un dispositivo USB cuando debía entregar las constancias originales con firma autógrafa de las personas afiliadas.
Al exponer su proyecto, Reyes Rodríguez recordó que para resolver las dobles afiliaciones, el INE cuenta con un reglamento que indica que en el caso de que una persona se afilió a un partido y después a una organización, prevalece la última voluntad de la persona, es decir, la afiliación es para la organización.
Y si la persona se afilia primero a una organización y después a un partido político, el INE da vista al partido para que lo compruebe y presente el documento original de la afiliación.
"Si el partido no responde al INE o no presenta el documento original, la afiliación es válida para la organización", sostuvo el magistrado.
Aunado a que si el partido presenta la documentación original, entonces el INE debe busca a la persona para que diga en qué organización desea estar afiliada, en la que pretende constituirse como partido o en la que ya es un partido político.
Es así que tomando en cuenta esta última regla, el TEPJF avaló otro proyecto del magistrado presidente Gilberto Bátiz, también relacionado con dobles afiliaciones.
En esta ocasión, se ordenó al INE revisar más de 18,482 afiliados que reclama Morena, pues aunque entregó documentación física para corroborar la militancia, la autoridad electoral declaró como válidas estas afiliaciones para las asociaciones civiles interesadas en constituirse como partidos políticos nacionales.
Fue así que ante una falta de exhaustividad por parte del INE, al no valorar debidamente la presentación de documentos físicos con firma autógrafa original en los que las personas ciudadanas manifestaron su voluntad de continuar con su militancia en Morena, se ordenó que verifique la documentación aportada por el partido y en su caso pregunte a las personas en qué organización o partido político desean continuar afiliadas.

