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Multas de hasta 35,000 pesos y arresto de 36 horas: así castiga el Estado de México el maltrato animal

Foto Gobierno del Estado de México
La Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México establece un régimen de sanciones que va desde amonestaciones hasta arresto inconmutable por 36 horas, multas económicas y trabajo comunitario en materia ambiental para quienes incurran en actos de crueldad o maltrato animal, o mantengan a los seres sintientes en condiciones inadecuadas de alojamiento, movilidad o higiene.
En el marco de la política de bienestar animal impulsada por el Gobierno de la Maestra Delfina Gómez Álvarez, la norma contempla multas de entre 150 y 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a entre 17 mil 596 y 35 mil 193 pesos, para quienes cometan actos de crueldad o maltrato animal.
Asimismo, las condiciones inadecuadas de alojamiento, movilidad o higiene son sancionadas con multas de entre 25 y 30 veces el valor diario de la UMA, es decir, de 2 mil 932 a 3 mil 519 pesos, además de arresto inconmutable de hasta 36 horas. La legislación también establece que los actos de crueldad animal pueden perseguirse de oficio.
La ley considera como condiciones inadecuadas aquellas que provoquen sed excesiva, hambre, desnutrición, miedo, angustia, incomodidad física o térmica, dolor, lesiones o enfermedades, así como aquellas que impidan al animal expresar su comportamiento natural.
Entre las conductas tipificadas como actos de crueldad destacan causar la muerte mediante métodos que generen agonía o sufrimiento innecesario; realizar sacrificios humanitarios con procedimientos distintos a los establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas, y cualquier acto u omisión que provoque dolor considerable o ponga en riesgo la vida, la salud o el bienestar del animal.
La legislación también prohíbe y sanciona el uso de animales en protestas, manifestaciones o plantones que les provoquen sufrimiento; su utilización como instrumento de entrenamiento para animales de guardia o ataque, así como su distribución gratuita, venta o entrega como premios en sorteos, rifas, loterías, concursos o como parte de propaganda política.
Con la entrada en vigor de esta ley, el Estado de México fortalece su liderazgo nacional en materia de bienestar animal y se consolida como una de las entidades con el marco normativo de protección animal más avanzado del país.
NUMERALIA
• 35,193 pesos: multa máxima por actos de crueldad o maltrato animal (300 veces el valor diario de la UMA).
• 17,596 pesos: multa mínima por actos de crueldad o maltrato animal (150 veces el valor diario de la UMA).
• 3,519 pesos: multa máxima por mantener a un animal en condiciones inadecuadas de alojamiento, movilidad o higiene (30 veces el valor diario de la UMA).
• 2,932 pesos: multa mínima por mantener a un animal en condiciones inadecuadas de alojamiento, movilidad o higiene (25 veces el valor diario de la UMA).
• 36 horas: arresto inconmutable máximo aplicable en casos de maltrato animal y condiciones inadecuadas de resguardo.
• 4 tipos de sanción: amonestación, trabajo comunitario en materia ambiental, multa económica y arresto.
• 1 estado a la vanguardia nacional: el Estado de México, donde la crueldad animal puede perseguirse de oficio.