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Corte invalida la auditoría estatal para reconstrucción de Acapulco
Solo ASF puede fiscalizar recursos federales enviados a municipios.

La decisión de la Corte radica en determinar qué autoridad es constitucionalmente competente.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad de sus nueve integrantes que la fiscalización de recursos federales transferidos a los municipios es facultad exclusiva de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
“Se declara la invalidez del Informe Individual de Auditoría derivado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2023 del municipio de Acapulco de Juárez, relativo a la auditoría 2023-C-CIF-01-002-2024, así como el Oficio ASE1380-2025 emitido por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero”, consigna el fallo de la controversia constitucional 174/2025 promovida por la alcaldía acapulqueña.
Bajo la ponencia de Arístides Guerrero García, el máximo tribunal constitucional concedió la razón al municipio actor, cuya fiscalización por la Auditoría Superior estatal ascendió a casi 900 millones de pesos que fueron ejercidos durante el mandato de la alcaldesa Abelina López Rodríguez (Morena), hoy con licencia y aspirante a la gubernatura de Guerrero para la reconstrucción tras el huracán Otis.
Al exponer su propuesta de fallo, Guerrero García aclaró que la decisión no exime “ningún tipo de fiscalización de los recursos federales por parte del municipio actor” porque la resolución se circunscribe únicamente a determinar “cuál es la autoridad constitucionalmente competente”.

