Buscar
Política

Lectura 3:00 min

TEPJF corrige al INE: ordena a Presidencia retirar mañanera del 15 de mayo; exhorta a AMLO a evitar expresiones electorales

El pleno del TEPJF revocó la determinación de la Comisión de Quejas y de Denuncias del INE, que rechazó solicitar a la Presidencia de la República el retiro de una conferencia del presidente Andrés Manuel López Obrador donde hizo referencia a no votar por un bloque conservador.

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la determinación de la Comisión de Quejas y de Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que rechazó solicitar a la Presidencia de la República el retiro de una conferencia del presidente Andrés Manuel López Obrador donde hizo referencia a no votar por un bloque conservador.

Por ello, la Sala Superior del Tribunal, por unanimidad de los magistrados, ordenó a la Presidencia de la República el retiro de la conferencia matutina del 15 de mayo, debido a las manifestaciones realizadas por el primer mandatario.

El PAN denunció las manifestaciones realizadas por el titular del Ejecutivo Federal, ya que consideró que afecta la equidad en los procesos electorales locales en curso, así como el próximo proceso electoral federal, por lo que solicitó la adopción de medidas cautelares sobre este mensaje.

La Comisión del INE negó las medidas cautelares al considerar que, preliminarmente, las manifestaciones denunciadas están amparadas por la libre expresión y constituyen una opinión respecto de posibles candidatos a la Presidencia del país, lo cual no se relaciona con los procesos electorales actuales, de Coahuila y del Estado de México. 

Asimismo, razonó que el proceso electoral federal no ha iniciado, por lo que no se advertía urgencia que justificara la procedencia de las medidas cautelares solicitadas. Por otra parte, en cuanto a la petición de la tutela preventiva para que el presidente de la República se abstuviese de realizar manifestaciones similares, la Comisión del INE negó las medidas porque no hay certeza si ocurrirán o no. 

El pleno, a propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, revocó el acuerdo impugnado y declaró procedentes las medidas cautelares, al considerar que la autoridad no realizó un análisis exhaustivo y contextual, porque no advirtió que los dichos denunciados sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto y a no votar por determinadas fuerzas políticas, y esto podría influir en los procesos electorales locales que trascurren. 

Derivado de lo anterior, se vinculó a la Presidencia de la República a realizar todas las acciones pertinentes para eliminar o modificar el contenido denunciado, y a abstenerse de presentar, difundir y publicar cualquier manifestación que vulnere el principio de imparcialidad y neutralidad.

El TEPJF también declaró procedente la medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva, en relación con el proceso electoral federal 2023-2024, al considerar que ante la conducta reiterada del titular del Ejecutivo Federal resulta necesario vincularlo a que se abstenga de emitir expresiones y declaraciones de índole electoral.

jorge.monroy@eleconomista.mx

Temas relacionados

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí
tracking reference image

Últimas noticias

Noticias Recomendadas

Suscríbete