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Recomendaciones del GAFI
El gobierno federal ha tomado diferentes acciones para combatir el lavado de dinero con el fin de cumplir con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI por su sigla en inglés), el cual en el 2008 emitió 40 recomendaciones para México.
El gobierno federal ha tomado diferentes acciones para combatir el lavado de dinero con el fin de cumplir con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI por su sigla en inglés), el cual en el 2008 emitió 40 recomendaciones para México, para el combate al lavado de dinero y nueve adicionales para el financiamiento al terrorismo.
Dentro de las recomendaciones, el GAFI hace énfasis de la necesidad de cooperación interinstitucional, con las distintas secretarías y entre los tres poderes de la Unión. Entre las recomendaciones destacan:
1- Ampliar el ámbito de la Secretaría de la Función Pública, para que pueda elaborar y coordinar estrategias conjuntas para combatir y eliminar la corrupción.
2- Fortalecer la capacidad, la sensibilidad y la formación de los jueces para juzgar los delitos financieros y de lavado de dinero. Se requiere el desarrollo de un amplio programa de capacitación a nivel nacional.
3- Proporcionar a las fuerzas de seguridad mexicanas la posibilidad de aplicar técnicas especiales de investigación, en el contexto de las investigaciones de lavado dinero, y extenderlas a todos los delitos subyacentes que se consideren actividades sospechosas.
4- Modificar la normatividad vigente para que personalidades fuera del sistema financiero, que estén en condiciones de avalar o acreditar la propiedad de bienes, denuncien actividades sospechosas de lavado de dinero (como notarios y empresas familiares).
5- La CNBV debe mejorar los procedimientos existentes de los intermediarios financieros, para la supervisión de la aceptación y control de los clientes que se consideren de alto riesgo, particularmente los que hacen uso intensivo de dinero en efectivo y los intermediarios financieros no regulados.
6- Mejorar la supervisión de los intermediarios financieros locales (por ejemplo, bancos) que tienen operaciones en el extranjero, y aumentar el uso de acuerdos de entendimiento de supervisión transfronteriza.
7- Implementar un sistema para las empresas de remesas (dispersoras), y para los agentes pagadores (pagador), que supervise las operaciones y el cumplimiento de la normatividad.
8- Las autoridades deben bajar el límite de transferencias telegráficas ocasionales de 3,000 a 1,000 dólares o inferior.
9- Se debe controlar el uso de dinero en efectivo en moneda local y extranjera, y su entrada al sistema financiero local, tanto en bancos como en instituciones no bancarias.
10- Promover la efectiva supervisión o vigilancia de las instituciones sin fines de lucro (excepto aquellas autorizadas para expedir recibos deducibles de impuestos) teniendo en cuenta:
I) la vigilancia de una porción significativa de los recursos financieros bajo control del sector, y II) una parte sustancial de las actividades internacionales del sector.