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Opinión

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Las semanas de cotización, elemento fundamental para tener derecho a pensión

Para el reconocimiento del derecho de una pensión otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), los asegurados deben cumplir ciertos requisitos indispensables, entre ellos, un número determinado de semanas cotizadas. Este número de semanas varía entre los tipos de pensión solicitada. Para el caso de pensión por vejez, las leyes de seguridad social establecen:

  • Trabajadores IMSS, ley 1973: 500 semanas de cotización
  • Trabajadores IMSS, ley 1997: 1,250 semanas de cotización
  • Trabajadores ISSSTE, ley 1983: hombres 30 años o más de servicio, mujeres 28 años o más de servicio
  • Trabajadores ISSSTE, ley 2007: 25 años de cotización

Es importante mencionar que es posible realizar la portabilidad de semanas cotizadas entre un instituto y otro para obtener una pensión, en caso de haber cotizado para ambos institutos.

¿Cómo puedo conocer las semanas de cotización que tengo acumuladas?

Los institutos de seguridad social (IMSS, ISSSTE) son los encargados de llevar a cabo el control y registro de las cotizaciones de los trabajadores. Por esta razón, los trabajadores que deseen conocer el número de semanas cotizadas con las que cuentan deberán dirigirse al instituto que les corresponde para solicitar dicha consulta.

1. Semanas cotizadas IMSS: para solicitar la constancia de semanas cotizadas en el IMSS, se puede realizar de forma presencial en la subdelegación que le corresponda, o bien, en línea, a través del sitio www.imss.gob.mx/tramites/imss02025a. Sólo se requiere el Número de Seguridad Social e identificación oficial vigente (en caso de ser presencial).

2. Semanas cotizadas ISSSTE: pueden acudir directamente a la subdelegación que le corresponda o registrarse en el portal www.oficinavirtual.issste.gob.mx, donde podrá conocer su historial de cotización.

3. Semanas reconocidas IMSS-ISSSTE: los trabajadores ISSSTE, amparados en el sistema de cuentas individuales que también tengan semanas cotizadas en el IMSS, pueden consultar los periodos reconocidos tanto en el IMSS como en el ISSSTE en la subdelegación IMSS que le corresponda. En la página www.imss.gob.mx/tramites/imss02025b puede consultar los requisitos para poder llevar a cabo el trámite.

Conocer esta información, de manera anticipada al retiro, es de suma importancia, ya que le permitirá al asegurado solucionar cualquier posible error en tiempo y forma, con el objeto de no retrasar el trámite de pensión o de recibir una menor a la que en realidad tiene derecho. Además, contar con un registro de las semanas cotizadas es útil para saber si el patrón realiza aportaciones completas en su cuenta individual. El trabajador debe conservar los comprobantes de pago de salario, a fin de contar con evidencia, en caso de que requiera demostrar el tiempo laborado.

Para obtener mayor información sobre el sistema de pensiones visite la página de amafore

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