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Geopolítica

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Grupos conservacionistas demandan a Trump por cambios a la ley de Especies en Peligro de Extinción

Organizaciones ambientales acusan al gobierno de Donald Trump de debilitar la protección de especies al excluir el daño a sus hábitats.

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La demanda, presentada en una corte federal de Washington, sostiene que los cambios violan la ciencia, la ley federal y la ESA.archivo

AFP

Grupos conservacionistas demandaron a la administración del presidente Donald Trump el martes, acusándola de debilitar la ley de Especies en Peligro de Extinción (ESA) al excluir la destrucción de hábitats de la definición legal de "daño" para especies en peligro.

La administración Trump ha señalado que la definición de "daño" anterior interfería con los derechos a la propiedad privada. Los cambios fueron presentados por los departamentos del Interior y de Comercio la semana pasada.

En su querella, presentada ante una corte federal en el estado de Washington, los grupos aseguraron que el gobierno violó abiertamente "el sentido común, la ciencia biológica y la ley federal". Entre los demandantes están el Centro para la Diversidad Biológica y el Sierra Club.

"Cuando una represa bloquea el paso de un arroyo, los salmones amenazados y en peligro de extinción sufren; cuando se talan los bosques con árboles de anidación para el mérgulo jaspeado, estos mérgulos amenazados se acercan más a la extinción", dice la demanda.

En un comunicado, las organizaciones aseguraron que el cambio de la norma podría dañar de inmediato a la vida silvestre, incluidos los manatíes de Florida, los osos grizzly, los salmones y otras especies.

La histórica ley de Especies en Peligro de Extinción fue aprobada en 1973 y prohíbe la "captura" de ejemplares de especies en peligro.

La ley definía ese término como el hecho de "acosar, dañar, perseguir, cazar, disparar, herir, matar, atrapar, capturar o recolectar, o intentar realizar cualquiera de esas conductas".

En la interpretación de la norma durante casi tres décadas, el gobierno había precisado el término como "una modificación o degradación significativa del hábitat" cuando provocara la muerte o lesiones de animales silvestres, cuando perturbara gravemente sus comportamientos, en particular la reproducción, la alimentación o el refugio.

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