Lectura 3:00 min
Rige ya regulación contra prácticas anticompetitivas
Son las bases mediante las cuales el organismo regulador estudiará mercados relevantes e identificará barreras al mercado.

A partir de ayer la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) puso en marcha las disposiciones regulatorias que le servirán de base para realizar análisis de mercados relevantes, identificar barreras de mercado, establecer concentraciones, así como para iniciar investigaciones contra prácticas anticompetitivas.
El pleno de la Cofece emitió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las disposiciones regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica, en el cual se le otorgan atribuciones sin necesidad de someterlas a un procedimiento de consulta pública, cuando se trate de situaciones de emergencia.
El órgano regulador que preside Alejandra Palacios identificó a los costos financieros o el acceso limitado al financiamiento; ausencia o escasa rentabilidad de usos alternativos de infraestructura y equipo; a la inversión en publicidad requerida para que una marca o nombre comercial adquiera una presencia de mercado, entre otros, como barreras de entrada de mercados para las empresas.
Para efectos de la fracción V del artículo 63 de la ley, no todas las concentraciones que ocurran en los mercados alteran la competencia, sino considerará que una concentración logrará una mayor eficiencia del mercado e incidirá favorablemente en el proceso de competencia y libre concurrencia.
Esto ocurre cuando los agentes económicos demuestren que las ganancias en eficiencia que se derivarán de dicha concentración superarán de forma permanente sus posibles efectos anticompetitivos y podrían resultar en una mejora al bienestar del consumidor .
Para determinar el grado de concentración existente en el mercado relevante serán aplicables los métodos de cálculo publicados por la Comisión Federal de Competencia el 24 de julio de 1998 en el DOF o cualquier otro que publique.
Según la zar antimonopolios, el objetivo de la nueva ley de competencia económica no es castigar a los agentes económicos, sino incidir para evitar malas prácticas.
Es labor de la Comisión resolver sobre la incorporación de las medidas protectoras y promotoras en competencia económica, en los siguientes casos: licitaciones de entidades paraestatales y de unidades económicas con fines productivos propiedad de dichas entidades, así como activos públicos que se encuentren en procesos de desincorporación; licitaciones de acciones representativas del capital social de sociedades mercantiles.
Además en el otorgamiento de concesiones para administradoras portuarias integrales, terminales marítimas e instalaciones portuarias; aeropuertos; transporte aéreo nacional; así como las cesiones de derechos de dichas concesiones; o bien permisos para transporte y almacenamiento de gas natural.