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Economía

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Prodecon avala lista de emisores ?de facturas falsas

La Prodecon desestimó las quejas presentadas por empresas que alegaban la violación de derechos fundamentales de audiencia y debido proceso y de protección de datos personales, al estar incluidas en la lista de presuntas simuladoras de operaciones y emisión de facturas apócrifas.

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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) desestimó las quejas presentadas por cerca de 50 empresas que alegaban la violación de derechos fundamentales de audiencia y debido proceso y de protección de datos personales, al estar incluidas en la lista de presuntas simuladoras de operaciones y emisión de facturas apócrifas.

La ombudsman fiscal, Diana Bernal, explicó en entrevista que las empresas que se acercaron a la Prodecon no pudieron dar una explicación de fondo de los supuestos vicios de constitucionalidad y que ahora tendrán que ir al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para aclarar su situación fiscal.

Informó que desde la primera publicación que se hizo en el Diario Oficial de la Federación, se admitió la queja de 50 de las 163 empresas señaladas para determinar si existían suficientes elementos para proceder en su defensa. Después se le avisó al SAT para esperar su respuesta y por eso hasta ahora la Prodecon resolvió en un criterio normativo que no se violan los derechos.

La funcionaria dijo que en esas listas no recuerda que se haya mencionado a Oceanografía. Respecto de por qué se publican los nombres de las empresas si se trata de presuntos contribuyentes que están evadiendo, contestó: El objeto de la publicación es para proteger los intereses del público , ya que puede existir el caso de que pudieran estar implicadas actividades de la delincuencia organizada al presentar operaciones inexistentes y carecer de infraestructura. La protección de datos personales no es un derecho universal, pero sí la transparencia , aseguró.

En efecto, la Prodecon hizo ver que la publicación se trata de una presunción de carácter provisional que permite al contribuyente, en términos del nuevo artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación, que ejerza aquellos derechos fundamentales de audiencia y debido proceso, pues lo deja en aptitud de ir a aclarar su situación ante la autoridad fiscal y aportar las pruebas que considere necesarias para ello.

En enero pasado el SAT informó que los contribuyentes en cuestión ya habían sido notificados y contaban con un plazo de 15 días para aclarar su situación. De no hacerlo, el órgano recaudador de impuestos podrá publicar la relación definitiva de los contribuyentes emisores de facturas que carecerán de todo efecto fiscal.

leonor.flores@eleconomista.mx

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