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Reforma antilavado sacude al sector inmobiliario: más reglas, menos claridad para asesores
Las modificaciones a la ley prevén más obligaciones a los agentes independientes, como una mayor revisión del origen de los recursos y programas de capacitación
Las reformas recientes a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida como Ley Antilavado, podría tener un efecto adverso sobre uno de los sectores más sensibles a los cambios regulatorios: el inmobiliario.
Pese a que su propósito es cerrar espacios al lavado de dinero mediante mayores controles, la forma en que fue diseñada e implementada ha generado incertidumbre y preocupación entre asesores, desarrolladores y agentes independientes, quienes ahora enfrentan un marco más estricto, con mayores responsabilidades y sin acompañamiento institucional claro.
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“La ley tiene más dientes que bozal”, advirtió en entrevista Mario Granillo, director de Crecimiento de la firma Mica RENT. “Al final, el asesor promedio no es un fiscal ni un investigador privado”, agregó.

Más obligaciones, más sujetos alcanzados
Si bien la intermediación inmobiliaria ya era considerada una actividad vulnerable desde la entrada en vigor de la ley, promulgada en el 2012, la reforma amplía su alcance. Ahora no solo las operaciones de compraventa están sujetas a supervisión, sino también aquellas relacionadas con el desarrollo o construcción de inmuebles.
Es decir, tanto asesores como desarrolladores deberán reportar operaciones que rebasen los 907,948 pesos, el cual es el umbral que activa la obligación de identificación y aviso ante la Unidad de Inteligencia Financiera.
“Ahora amplía no solamente que se venda, sino que se esté construyendo. Eso cambia totalmente porque antes solamente era sobre (compraventa de) casas, ahora ya es sobre el desarrollo de la construcción”, explicó el consultor fiscal José Jesús Rodríguez Ambriz. “Si la operación pasa de 907,948 pesos, se tiene que reportar y esto también es una carga administrativa para este sector vulnerable”.
Punto por punto: los principales cambios para el sector inmobiliario
- Obligación de auditorías: Las empresas deberán someterse a auditorías internas o externas anualmente, dependiendo de su tamaño.
- Capacitación obligatoria: Todo el personal vinculado a operaciones inmobiliarias deberá recibir formación continua en prevención de lavado de dinero.
- Sistemas automatizados: Se introduce la posibilidad de exigir tecnología para gestión de riesgos.
- Archivo por 10 años: La documentación de identificación deberá conservarse el doble de tiempo que antes, incluso si la operación no se concreta.
- Ampliación del concepto de actividad vulnerable: Ahora incluye no solo la venta, sino también la recepción de recursos para construcción o desarrollo.
- Refuerzo del deber de identificación: Se exige verificar si el cliente es persona políticamente expuesta (PEP) y determinar al beneficiario final.
Pequeños asesores, grandes dudas
Uno de los puntos más polémicos es la posible exigencia de contar con sistemas automatizados de gestión de riesgos, similares a los usados por entidades financieras. Aunque la ley no establece que todos los sujetos deban contratar plataformas sofisticadas, en la práctica muchos asesores —en especial aquellos que realizan pocas operaciones al año— desconocen si están obligados o no a implementarlos.
La falta de reglas secundarias ha generado confusión sobre los umbrales reales, los perfiles obligados y la forma de cumplir sin caer en omisiones que deriven en sanciones.
A esto se suma otro cambio de fondo: la obligación de conservar el expediente de identificación por 10 años, incluso en operaciones no concretadas.
“Antes eran cinco años y a partir de julio ya son 10 años que deben de guardar la información”, detalló el consultor.
La reforma también establece como obligatoria la capacitación y la auditoría anual. “La capacitación ya menciona que debe ser obligatoria y aparte también las auditorías. Antes solamente el sistema financiero era el único obligado; las demás actividades eran opcionales”, explicó Rodríguez Ambriz.
La Secretaría de Hacienda tiene plazos transitorios desde la publicación del decreto para emitir las reglas de carácter general que definan —entre otras cosas— en qué casos aplica una auditoría externa, quiénes deben usar sistemas automatizados y cómo debe cumplirse la capacitación.
Para muchos asesores, la estrategia frente a esta nueva carga regulatoria será establecer techos operativos. “Conociéndolo bien el sector inmobiliario, lo que le van a recomendar a sus clientes es: ‘¿sabes qué? Te puedo aceptar hasta tanto, ¿para qué? Para evitar meter el reporte, y lo demás a través del sistema financiero”, apuntó el consultor fiscal.
Desde la óptica de Granillo, el riesgo está en que la reforma castigue más a quienes ya cumplen. “En lugar de incentivar la formalización, pueden profundizar la informalidad inmobiliaria al castigar a quienes hoy sí están regulados”.





