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Opinión

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La jurisprudencia como una nueva herramienta política

Tesis aisladas y jurisprudencia se redactan en un lenguaje especializado

Diana N. Ronquillo | Pendiente Resbaladiza

Pendiente resbaladiza

En las últimas semanas ha llamado la atención en el medio de los abogados, la publicación de diversos precedentes judiciales en el Semanario Judicial de la Federación que, quizá con una ideología progresista subyacente, o con alguna intención política implícita, se apartan de la técnica y lenguaje jurídicos que normalmente caracterizan al sistema de producción y ordenamiento de criterios de interpretación judicial en México.

Generalmente, los tribunales colegiados y la Suprema Corte de Justicia de la Nación emiten precedentes judiciales que abordan aspectos jurídicos específicos, sobre la interpretación de disposiciones legales concretas, e incluso de frases o fracciones de algún artículo en particular, y la forma en que deben aplicarse en casos similares.

Por ello, las tesis aisladas y la jurisprudencia por lo general se redactan en un lenguaje jurídico altamente especializado.

Esto es natural pues el objetivo principal de la sistematización de precedentes judiciales es uniformar los criterios de interpretación legal que se generan orgánicamente por el Poder Judicial, de tal manera que la impartición de justicia se aplique de forma razonablemente estandarizada para todos los particulares. Para lograr lo anterior, los criterios se deben plantear de manera clara, objetiva y técnica, en especial considerando que sus principales destinatarios son los propios jueces obligados a aplicarla, y los abogados litigantes que la utilizan para reforzar la argumentación de sus demandas, o anticipar el sentido de las sentencias.

No obstante lo anterior, recientemente se han publicado criterios judiciales que se alejan visiblemente de estos lineamientos. Un ejemplo fue la tesis del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (registro 2030689), publicada el 4 de julio pasado, en la que estableció que, para resolver una controversia en materia de propiedad industrial, sobre el uso de una marca de diseño en empaques para dulces, se debía atender de manera complementaria a la litis, el “dilema ético” relacionado con los derechos de la niñez.

Este precedente ha sido ampliamente cuestionado por los operadores jurídicos, pues el Derecho, por definición, es ajeno a la ética y la moral. El trabajo de los juzgadores no es el análisis de normas y dilemas éticos, sino la interpretación y aplicación de las normas legales, cuyo trasfondo ético o moral pierden relevancia, una vez que son procesadas por el Poder Legislativo y convertidas en ordenamientos legales.

Otro ejemplo puede ser la tesis con registro digital 2030641, publicada el 27 de junio, en la que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito determinó que “el lenguaje tiene un carácter performativo que desempeña un papel esencial en la construcción y deconstrucción de realidades jurídicas y sociales”. A diferencia de otros precedentes judiciales, éste contiene un lenguaje abstracto, casi sin contenido y sin una aplicación jurídica concreta, y además forma parte de un paquete de 7 tesis relacionadas con los derechos de la comunidad LGBTIQ+ que, en una extraña coincidencia, se publicaron al concluir el mes del orgullo para esta comunidad.

De ninguna manera se cuestiona en esta colaboración el alcance material de los “derechos éticos” de los niños, o el debate que puede existir sobre el uso del lenguaje inclusivo en relación con la comunidad LGBTIQ+. Sin embargo, no puede negarse la carga política implícita en la publicación de esta clase de precedentes, en contraste con su pobre aportación en el campo jurídico, que desvirtúa la naturaleza y los propósitos de los precedentes judiciales.

La jurisprudencia tiene por objeto la sistematización de la interpretación jurídica, para dar certeza a los justiciables, y no puede utilizarse como una herramienta para expresar opiniones políticas o éticas; o peor aún, como un instrumento de campaña política, ahora que los cargos judiciales serán electos.

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