Buscar
Finanzas Personales

Lectura 4:00 min

¿Qué pasa con mi crédito hipotecario si me divorcio?

Si la pareja decide separarse, el régimen bajo el que se contrajo matrimonio determinará en gran medida qué pasará con la hipoteca.

El divorcio es un proceso complejo al que se enfrenta una pareja una vez que decide separarse, sobre todo si compartía alguna deuda como un crédito hipotecario.

En caso de una separación, hay varios puntos que se deben tomar en cuenta cuando hay una hipoteca de por medio, independientemente de que ésta sea conyugal o individual.

Christian Ruiz, gerente jurídico de la plataforma inmobiliaria Homie, explicó que el primer punto a considerar es el estatus legal del matrimonio, es decir, si es mancomunado o por separación de bienes.

En segundo lugar, se debe destacar la institución con la que se tiene el crédito, si es pública, como el Infonavit o el Fovissste, o bien privada, como los bancos. Cada una tiene procesos diferentes para una situación de este tipo, dijo.

“Por ello, es importante saber cuál es su estatus de casado, si tiene separación de bienes, o si es mancomunado, cualquier deuda que adquiera se cobrará para cualquiera de las dos partes”, explicó.

Precisó que el régimen bajo el que se contrae matrimonio es lo que determina en gran medida lo que pasará con el crédito hipotecario. En el caso de tratarse de bienes mancomunados o sociedad conyugal, cualquier bien o deuda que se adquiera durante el matrimonio pertenece también al cónyuge, haya firmado o no, y      viceversa.

El experto detalló que si se encuentra bajo el régimen de separación de bienes esto significa que lo que se adquiera antes o durante el matrimonio es sólo del propietario. El cónyuge sólo tendría derecho sobre los bienes si los recibe como parte de una herencia.

Si se casaron bajo este régimen, el crédito hipotecario le pertenecerá a la persona que está como acreditada en el contrato, a menos que el cónyuge participe en el crédito, lo que sucede cuando se tramitan hipotecas mancomunadas.

Caso Infonavit

En el caso de instituciones públicas como el Infonavit, el experto detalló que el instituto sigue cobrando a ambas partes la deuda; a menos de que exista un arreglo posterior entre la pareja para determinar quién paga el crédito y de quién será la propiedad cuando se liquide.

Si existe un arreglo entre los cónyuges y uno de los dos pagará la deuda del otro, el Infonavit señala que sí se puede ceder la deuda, siempre y cuando se compruebe que tiene la capacidad para pagar lo restante, además de cumplir con los requisitos que impone el instituto.

“Tenemos una falsa idea de que si la otra persona se queda con la casa es quien paga la deuda de la hipoteca. Esto es un error. Ambos siguen con el adeudo. Si ella o él paga la mitad de la deuda, el otro adeudo sigue quedando pendiente, a menos que lleguen a un acuerdo”, precisó.

En el momento en que se disuelva la sociedad matrimonial, las condiciones de pago quedarán sujetas al convenio de divorcio que se firme ante el juez. El documento debe asentar el acuerdo establecido por los interesados; el Infonavit no interviene.

Si la vivienda ya se terminó de pagar y se casaron por un matrimonio mancomunado, entonces cada uno obtiene 50% del bien al momento de la venta; si es por bienes separados, se prorratea el total y cada quien paga su parte proporcional. En caso de que uno de los dos llegara a fallecer, se condona la parte del difunto, pero el otro debe terminar de pagar lo contratado.

Bancos

En el caso de los bancos, el gerente jurídico señaló que sucede un esquema similar, un cónyuge puede delegar la deuda al otro, si es que ambos están de acuerdo y se demuestra la capacidad de pago. Sin embargo, el otro cónyuge queda como obligado solidario en caso de haber un impago.

Indicó que si una de las dos partes termina pagando, si ya se selló la deuda, las escrituras salen a nombre de la persona que cumplió todos su pagos.

No sólo es la vivienda

Ruiz explicó que antes de establecer quién se queda con la propiedad y quién va a pagar por ella, también deben determinar qué va a ocurrir con todo lo que se encuentra dentro de la casa.

Recomendó que, al llegar a un acuerdo, lo mejor es llevarlo a cabo frente a un notario o que quede establecido ante el juez para evitar posteriores conflictos y que todo quede establecido en papel.

montserrat.galvan@eleconomista.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas