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Niega la SCJN amparo a Axtel en tarifas de interconexión
El máximo tribunal ratificó la validez de las tarifas de interconexión fijadas por la Cofetel para la compañía y Telcel, correspondientes al periodo 2005-2007.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo que Axtel había solicitado para no pagar a Telcel, luego de que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) determinó que las tarifas de interconexión para Axtel y Telcel para el periodo 2005-2007 son válidas.
Por mayoría de votos, el máximo tribunal ratificó las facultades de la Cofetel para fijar tarifas de interconexión, una vez que las empresas no lleguen a acuerdos entre sí. La ministra Margarita Luna Ramos dijo que de haberle dado la razón a Axtel en contra de las tarifas de interconexión fijadas en el 2005, el 2006 y el 2007, la autoridad habría colocado a la telefónica en una posición de amplia ventaja competitiva, con relación a las demás empresas de telefonía fija.
Lo anterior se debe a que si éstas habían venido trabajando con tarifas superiores con la misma compañía de telefonía móvil, Radio Móvil Dipsa, resultaría un contrasentido que la propia autoridad beneficiara únicamente a un corporativo, o sólo a Axtel, quien no llegó a un acuerdo tarifario con aquélla.
El argumento central de Axtel, en el sentido de que las tarifas reclamadas no fomentan la sana competencia, podría aplicarse, incluso, para negar el amparo, ya que la fijación de las mismas tarifas, en términos equivalentes al modelo de costos, acarrearía en favor de dicha empresa un fenómeno de concentración económica de la telefonía fija en contra de los demás operadores, debido a que el resto de las empresas ha pagado tarifas superiores junto con Telcel, por lo que resultaría inadecuado que la propia autoridad beneficiara solamente a un corporativo que no llegó a un acuerdo tarifario con Telcel.
En la SCJN aún está pendiente la discusión con respecto a la legalidad de la tarifa promedio ponderada y la medida precautoria móvil.
La Corte rechazó el procedimiento iniciado por Axtel en contra del acuerdo en el que se determinó que las tarifas de interconexión eran de 1.71, 1.54 y 1.23 pesos por minuto.
Algunos ministros estuvieron en desacuerdo con esta parte del proyecto del ministro Luis María Aguilar, quien consideraba que las pruebas periciales no podían tomarse como determinantes para descalificar el sobreprecio que se aplicó a las tarifas.
En el amparo promovido, Axtel defendía que, según el modelo de costos usado por la Cofetel, las tarifas de 0.71, 0.54 y 0.39 pesos para ese periodo ya contaban con la externalidad añadida, por lo que al sumar un peso a éstas se incurrió en un doble cobro.
cjescalona@eleconomista.com.mx