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9 gastos y estímulos que son deducibles en la declaración anual 2025
En abril de 2026, las personas físicas deberán presentar su declaración anual ante el SAT. Conoce qué gastos personales y estímulos fiscales son deducibles y qué requisitos debes cumplir para aprovecharlos al máximo.

Las personas físicas deben presentar su declaración anual del ejercicio 2025 en abril.
Las personas físicas deben presentar su declaración anual del ejercicio 2025 en abril. Es buen momento para verificar cuáles gastos personales y estímulos fiscales se pueden deducir con el objetivo de reducir la carga tributaria o mejorar el saldo a favor.
Para hacer válidas estas deducciones, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que es necesario contar con la factura electrónica correspondiente a cada servicio o producto, revisar que el Registro Federal del Contribuyente (RFC) sea correcto y haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheque nominativo, a nombre de la persona que realizará la deducción.
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Javier Cornelio Román, especialista de la Dirección General de Orientación y Asesoría al Contribuyente por Medios Remotos de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), enlista cuáles son las deducciones personales y los estímulos fiscales que los pagadores de impuestos pueden presentar en su declaración anual 2025.
1.Honorarios médicos. Se incluyen pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de sicología y nutrición; gastos hospitalarios, de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis; compra o alquiler de aparatos de rehabilitación del paciente derivado de las incapacidades, así como medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias.
Aplica para el contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, así como para sus ascendientes y descendientes en línea recta, siempre y cuando (con excepción del pagador de impuestos) no reciban en el año en cuestión ingresos en cantidad igual o mayor a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevada al año, que en 2025 es de 41,273.52 pesos.
Los servicios se pueden pagar con cheque nominativo y transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas a nombre del contribuyente, o mediante tarjeta de crédito, débito o de servicios. La operación debe estar amparada por el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente.
2.Gastos funerarios. Aplica para el contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, así como para sus ascendientes y descendientes en línea recta.
Los ingresos (fuera del contribuyente) no deben exceder a una UMA elevada al año (41,273.52 pesos). La operación debe estar amparada por un CFDI y es deducible cuando se utiliza el servicio y no cuando se adquiera un plan a futuro. En este caso, la forma de pago puede ser indistinta.
3. Donativos. Considera donativos no onerosos ni remunerativos realizados a la Federación, entidades federativas, municipios y organismos descentralizados, así como instituciones autorizadas por el SAT.
La deducción está limitada a 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior. Por ejemplo, si en 2024 una persona obtuvo ingresos por 100,000 pesos, en 2025 sólo puede deducir hasta 7,000 pesos.
4. Intereses reales por créditos hipotecarios. Aquellos derivados de la adquisición de vivienda, contratados con instrumentos del sistema financiero. La institución emitirá el comprobante fiscal que indique el monto de los intereses reales deducibles.
El monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no deberá exceder a 750,000 Unidades de Inversión (Udis), alrededor de 6.5 millones de pesos.
5. Aportaciones voluntarias. Son aquellas realizadas directamente a la cuenta de aportaciones complementarias de retiro, así como las aportaciones efectuadas a planes personales de retiro (PPR) y las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta correspondiente.
La deducción será hasta de 10% de los ingresos acumulables del ejercicio, dichas aportaciones no excederán el equivalente a 5 UMAs elevadas al año.
Por ejemplo, si en el año una persona recibe ingresos por 656,269.73 pesos, el límite de deducción es de 65,626.97 pesos y las cinco UMAs ascienden a 206,480.50 pesos.
6. Gastos médicos mayores. Aplica para el contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, así como para sus ascendientes y descendientes en línea recta.
7. Transporte escolar obligatorio. Aplica para los descendientes en línea recta. El comprobante fiscal deberá separar expresamente el monto correspondiente. Los servicios se pueden pagar con cheque nominativo y transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas a nombre del contribuyente o mediante tarjeta de crédito, débito o de servicios.
¿Qué estímulos fiscales existen?
Según el representante de la Prodecon, dentro de la Ley del ISR también se prevé otro tipo de disminuciones a la base gravable del contribuyente y se trata de un estímulo de los PPR. Las deducciones no pueden exceder de 152,000 pesos. Este monto es independiente de las personales.
También está estímulo fiscal de colegiaturas de nivel básico a medio superior. Aplica para el contribuyente, su cónyuge, así como para sus ascendientes y descendientes en línea recta.
Puedes escribir tus dudas a fernando.franco@eleconomista.mx




