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Pasivo laboral del IMSS escala por los nuevos compromisos del contrato colectivo 2025-2027

La inclusión de una nueva cláusula contractual, la Cláusula 38 Transitoria en el Contrato Colectivo de Trabajo 2025-2027, sumó un nuevo compromiso actuarial al pasivo laboral del IMSS, cuyo valor presente conjunto supera los 1.95 billones de pesos.

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María del Pilar Martínez

La inclusión de una nueva cláusula contractual, la Cláusula 38 Transitoria en el Contrato Colectivo de Trabajo 2025-2027, sumó un nuevo compromiso actuarial al pasivo laboral del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuyo valor presente conjunto supera los 1.95 billones de pesos.

La nueva disposición otorga un beneficio complementario por invalidez a la plantilla laboral sindicalizada, según lo detallado en el Informe sobre la Situación Financiera y los Riesgos 2025-2026, entregado al Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal en cumplimiento con el artículo 273 de la Ley del Seguro Social para transparentar la viabilidad financiera del organismo.

El dictamen remitido a la Mesa Directiva del Senado de la República integra la valuación de esta nueva cláusula dentro del cálculo de las obligaciones asumidas con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS).

La Cláusula 38 Transitoria estipula un esquema de compensación económica complementaria para el personal que obtenga un dictamen de invalidez. Este concepto se añade al costo anual del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, cuya nómina absorbe más de 178,000 millones de pesos al año y representa más del 20% del presupuesto de egresos del organismo.

Según el reporte financiero entregado al Poder Legislativo, la nómina de jubilados y las prestaciones del personal propio son cubiertas por el Seguro Social mediante una doble aportación. En su carácter de entidad aseguradora aporta 34,550 millones de pesos, mientras que en su calidad de patrón debe destinar de sus flujos de operación más de 143,000 millones de pesos anuales.

La nueva prestación contractual incrementa la demanda de recursos sobre el Fondo Laboral, constituido a partir del convenio de 2005 para fondear los compromisos con la representación sindical.

Las proyecciones contenidas en el documento indican que los costos acumulados por la prima de antigüedad, las indemnizaciones y el Régimen de Jubilaciones y Pensiones restan margen de maniobra al gasto en atención médica e infraestructura. 

El informe señala que la vigencia de los acuerdos contractuales pactados para el ciclo 2025-2027 condiciona la asignación de los recursos recaudados a través de las cuotas obrero-patronales y las aportaciones del Gobierno Federal.

El análisis actuarial enviado a las comisiones del Congreso concluye que el cumplimiento de los beneficios negociados con la dirigencia gremial requiere mantener la acumulación de reservas financieras. El ajuste en la estructura de costos por la nueva Cláusula 38 Transitoria obliga a recalcular la suficiencia presupuestal del organismo para atender el incremento en la demanda de servicios de salud de la derechohabiciencia en los próximos años.

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María del Pilar Martínez

Periodista dedicada a los temas laborales, empleo, sindical. En El Economista Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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