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Conoce los aspectos legales de las franquicias
El franquiciante tiene la obligación de dar a conocer toda la gama de productos y proveedores que hacen del concepto una estandarización de procesos.

El franquiciante tiene la obligación de dar a conocer toda la gama de productos y proveedores que hacen del concepto una estandarización de procesos.
Antes de comenzar a franquiciar o convertirte en franquiciatario debes conocer algunos aspectos legales que harán que tu negocio marche en orden y sin malentendidos ante la ley.
El ecosistema de las franquicias, explica Daniela Escobedo, subdirectora de operaciones de la consultoría Feher and Feher, está compuesto por una empresa franquiciante, que puede ser una persona física o razón social.
Dicha persona será la que firmará los contratos de franquicia y otorgará a los inversionistas -llamados franquiciatarios- asistencia técnica, la cual consiste en compartir todos los conocimientos tecnológicos que tienen que ver con la capacitación y el saber hacer del negocio.
“Las empresas franquiciantes deben saber transmitir todas aquellas experiencias para que nuestro franquiciatario aprenda a operar su negocio de una manera más sencilla”, agrega la especialista.
El franquiciante tiene la obligación de dar a conocer toda la gama de productos y proveedores que hacen del concepto una estandarización, un lineamiento que al final del camino es lo que el consumidor final va a identificar tanto en servicios o como en la venta de cualquier tipo de productos.
“Pero lo más importante es conceder al franquiciatario el posicionamiento del negocio con el prestigio de la marca, pues ésta es lo que al final nuestro consumidor identifica y es lo que le da el plus frente a un negocio propio”, aclara Escobedo.
Que no te engañen
De acuerdo con el artículo 142 de la Ley de la Propiedad Intelectual, el titular de la franquicia deberá proporcionar a los interesados previa celebración del convenio respectivo, por lo menos la siguiente información técnica, económica y financiera, advierte la especialista:
- I.- Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad del franquiciante;
- II.- Descripción de la franquicia;
- III.- Antigüedad de la empresa franquiciante de origen y, en su caso, franquiciante maestro en el negocio objeto de la franquicia;
- IV.- Derechos de propiedad intelectual que involucra la franquicia;
- V.- Montos y conceptos de los pagos que el franquiciatario debe cubrir al franquiciante;
- VI.- Tipos de asistencia técnica y servicios que el franquiciante debe proporcionar al franquiciatario;
- VII.- Definición de la zona territorial de operación de la negociación que explote la franquicia;
- VIII.- Derecho del franquiciatario a conceder o no subfranquiciar a terceros y, en su caso, los requisitos que deba cubrir para hacerlo;
- IX.- Obligaciones del franquiciatario respecto de la información de tipo confidencial que le proporcione el franquiciante, y
- X.- En general las obligaciones y derechos del franquiciatario que deriven de la celebración del contrato de franquicia.
Protege tu idea
En caso de convertirte en franquiciante deber registrar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI):
- Marca
- Avisos comerciales (slogan)
- Nombre comercial
- Denominaciones o razones sociales
- Licencias de uso de marca y avisos comerciales
- Patentes
- Modelos de utilidad
- Diseños industriales
salvarez@elempresario.mx
Visita: http://www.impi.gob.mx
www.feherandfeher.com