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Política

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Fiscalización, bajo el interés de senadores

Entre las facultades que tiene el Senado está la de ratificar los nombramientos propuestos por el presidente de la República.

La efectividad y alcance en la fiscalización del ejercicio de gobierno del Ejecutivo federal por parte del Congreso de la Unión y el control sobre el poder Judicial, específicamente a través del Senado, depende del nivel de involucramiento e interés de los legisladores federales para ejercer sus facultades, resume un estudio del Instituto Belisario Domínguez de la Cámara de Senadores.

De acuerdo con el análisis titulado “La facultad de control y fiscalización del Senado de la República’’, entre las herramientas de “control parlamentario” que tienen los senadores para desempeñar su función de fiscalización, supervisión, vigilancia y revisión destaca la designación, aprobación o ratificación de distintos nombramientos propuestos por el presidente de la República.

Por lo que respecta al poder Judicial, la Cámara baja tiene la facultad exclusiva de nombrar, vía ratificación de los candidatos propuestos por el titular del Ejecutivo federal, a ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y magistradas y magistrados de las salas Superior y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Tribunal Superior Agrario, Tribunales Unitarios Agrarios y de los Tribunales Electorales de las entidades federativas, y a dos integrantes del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

El artículo 89, fracción X de la Constitución, precisa el reporte, la dirección de la política exterior y la celebración de tratados internacionales es una obligación del presidente de la República, pero “su supervisión y vigilancia recae en el Senado de la República”.

En la aprobación de los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que suscriba el Ejecutivo, agrega, el Senado tiene como objetivo verificar su constitucionalidad, así como cuidar y conocer sus implicaciones legales internas.

“Este proceso es indispensable como mecanismo de control, ya que con su aprobación se crea un compromiso del país con otros actores internacionales. Para el análisis y evaluación de los tratados internacionales el artículo 238 del Reglamento del Senado señala que se cuida el cumplimiento de los principios normativos de la política exterior mexicana, así como el interés y la seguridad nacional”, cita.

Detalla que, para cumplir su función de control, ambas cámaras del Congreso mexicano están facultadas para crear comisiones especiales de investigación en la gestión de algunas áreas del Ejecutivo Federal y que actualmente el Senado cuenta con cuatro comisiones del tipo.

El análisis realizado por las investigadoras Perla Gris y Susana Ramírez concluye que “a pesar de los cambios y avances en el proceso de institucionalización de la fiscalización parlamentaria, su efectividad y alcance” depende “del nivel de involucramiento que el Legislativo tenga en esta función y en el interés por la revisión de la actividad gubernamental, con independencia de su vinculación a intereses políticos o partidistas”.

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