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Inversión extranjera: más allá de la revisión del T-MEC
Opinión
La decisión de Estados Unidos de no extender el T-MEC hasta 2042 inauguró una etapa de revisiones anuales que podría prolongarse hasta el vencimiento del tratado en 2036. Aunque el anuncio elevó la incertidumbre política y comercial, no modificó la vigencia del tratado ni las reglas que protegen el comercio y la inversión en Norteamérica. Ni el tipo de cambio, ni el riesgo soberano de México registraron movimientos relevantes, señal de que los mercados ya habían descontado ese escenario y que no anticipan una ruptura inminente del acuerdo.
Más allá del intercambio de bienes y servicios, los tratados incluyen capítulos de inversión que establecen estándares de protección y mecanismos neutrales para resolver controversias cuando un Estado incumple sus obligaciones. A través del mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado, un inversionista puede acudir directamente al arbitraje internacional para reclamar una indemnización por daños derivados de ese incumplimiento.
Paradójicamente, el T-MEC ofrece una menor protección que el antiguo TLCAN y otros tratados. Ello respondió a la estrategia de la primera administración de Trump de elevar el riesgo relativo de invertir fuera de Estados Unidos para incentivar la relocalización de empresas en su territorio (reshoring). El T-MEC restringió significativamente el arbitraje inversionista-Estado: sólo opera entre México y Estados Unidos, por regla general exige agotar primero los recursos ante tribunales nacionales y limita las causas para acudir al arbitraje internacional. Sin embargo, los inversionistas que celebren contratos con el gobierno federal para desarrollar inversiones en sectores estratégicos —como energía e infraestructura— tienen una protección más amplia al no estar obligados a agotar instancias nacionales y poder invocar todas las obligaciones del capítulo de inversión.
A pesar de lo anterior, el mecanismo conserva relevancia para México, debido a que Estados Unidos es el principal inversionista en el país. Tan solo en el primer trimestre de 2026, aportó 10.2 mil millones de dólares, equivalentes al 43% del total recibido. Además, desde la entrada en vigor del acuerdo se han seguido presentando controversias. La mayoría de los casos corresponden a reclamaciones transitorias del TLCAN (legacy claims) previstas por el propio T-MEC, especialmente en sectores estratégicos.
En contraste con el T-MEC, las inversiones de otros socios comerciales mantienen una protección amplia. Las inversiones canadienses están protegidas por el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT) —al que recientemente se adhirió el Reino Unido—, mientras que las inversiones europeas, hoy cubiertas por tratados bilaterales, se beneficiarán de un régimen uniforme una vez que el Acuerdo Global Modernizado entre México y la Unión Europea, firmado en mayo de 2026, entre en vigor. En conjunto, la red de tratados del país mantiene a la certidumbre jurídica como uno de sus principales activos para atraer inversión extranjera.
Actualmente, no hay indicios de que Washington busque ampliar la protección para sus inversionistas en el T-MEC, continuando su estrategia de reshoring. Por otro lado, la presente administración de Trump ha puesto énfasis en la revisión de inversiones (investment screening) para impedir, por razones de seguridad nacional, que “economías de no mercado”, particularmente China, utilicen a México como plataforma de acceso preferencial al mercado estadounidense.
En este nuevo entorno, el atractivo de México para la inversión extranjera dependerá menos del contenido de sus capítulos de inversión y más de las condiciones que el propio país sea capaz de ofrecer. Si bien los acuerdos internacionales pueden mitigar el riesgo jurídico, la decisión de invertir seguirá descansando, en última instancia, en la estabilidad del marco regulatorio, instituciones confiables y un Estado de derecho que brinde certidumbre a largo plazo.
*La autora es Economista Senior de BBVA México.