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Sector Financiero

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"Sorpresiva" revocación de sofipo Impulso para el Desarrollo: ¿Qué ocurrió realmente?

La CNBV publicó el oficio por el cual la entidad entró en un proceso de liquidación.

El pasado 21 de enero, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el oficio de revocación de la sociedad financiera popular (sofipo) Impulso para el Desarrollo, lo que tomó por sorpresa a propios y extraños, pues sus indicadores no eran los de una institución financieramente emproblemada.

Si bien, esta entidad financiera no figuraba en los números del sector de las sofipos, todo apuntaba a su venta en el contexto de una demanda creciente por adquirir este tipo de entidades y sumarse a la ola de entidades digitales que han apostado por esta figura para detonar sus modelos de negocio, especialmente por la parte de la captación de recursos del público en general.

De acuerdo con lo publicado en el DOF, el fundamento para la revocación de esta sofipo, encabezada por Pedro Solís Cámara Jiménez Canet, fue por faltar a lo dispuesto en el artículo 37 fracciones VI y VII de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Según la normativa, estas fracciones establecen lo siguiente:

  • Fracción VI: Si efectúa operaciones en contravención a lo dispuesto por esta Ley o por las disposiciones que de ella emanen, o si sus actividades se apartan de las sanas prácticas de los mercados en que opera, o si abandona o suspende sus actividades.
  • Fracción VII: Si reiteradamente, a pesar de las observaciones de la Federación respectiva, o en su caso de la CNBV, la sofipo ejecuta operaciones distintas a las permitidas; no mantiene las proporciones legales de activo, no se ajusta a la regulación prudencial aplicable, o bien, si a juicio de la autoridad no cumple adecuadamente con las funciones para las que fue autorizada, o por poner en peligro con su administración los intereses de sus clientes, o de su objeto social, de conformidad con lo dispuesto por esta Ley.

Esto significa que a diferencia de las últimas revocaciones de sofipos, el problema con esta entidad no fue un tema financiero que le impidiera cumplir con los niveles de capitalización, tal y como sucedió con Financiera Auxi, la cual fue revocada hace algunos días por dicho motivo.

Los datos de la autoridad indican que, a septiembre pasado, Impulso para el Desarrollo presentaba un nivel de capitalización de 7,849%, el cual era superior al mínimo requerido por la autoridad para una sofipo, que es de 130 por ciento.

La razón

Fuentes conocedoras de la situación de la entidad confiaron a este medio que el proceso de revocación inició hace algunos meses, cuando esta entidad pausó su operación mientras se definía su futuro.

Según registros de la CNBV, la entidad no presenta operación de marzo del 2023 a enero del 2024, lo que quiere decir que, a partir de febrero del año pasado, la entidad reanudó sus actividades con un funcionamiento mínimo.

Sin embargo, pese a su reactivación la autoridad ya había iniciado el proceso de revocación, el cual concluyó en diciembre pasado, cuando la junta de gobierno de la CNBV decidió darle salida.

A septiembre pasado, la entidad contaba con una cartera vigente de 4.8 millones de pesos y un saldo de captación tradicional de 2.8 millones de pesos. El total de sus activos ascendía a 34 millones de pesos.

Según las cifras de la autoridad, a septiembre pasado esta sofipo atendía a 15 acreditados y 506 ahorradores.

Como suele suceder en estos casos, la CNBV que preside Jesús de la Fuente Rodríguez no ha dado una postura respecto a este tema. Los ahorradores de esta entidad están protegidos por el seguro de depósitos que cubre hasta por 25,000 Udis, es decir hasta cerca de 209,000 pesos.

Con dicha revocación, el sector de las sofipos queda compuesto por 34 entidades que atienden a más de 22 millones de personas en el país.

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Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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