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Sector Financiero

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Diputados aprueban en lo general Ley de Ingresos 2015

Con 427 votos en favor, 35 en contra y una abstención, se proyecta obtener un monto histórico de ingresos presupuestarios por cuatro billones 702,951 millones de pesos.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el proyecto de decreto que expide la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2015, la cual proyecta obtener un monto histórico de ingresos presupuestarios por cuatro billones 702,951 millones de pesos.

Con 427 votos en favor, 35 en contra y una abstención, el decreto aprobado incluye cambios al planteamiento inicial del Ejecutivo para el precio del petróleo y el tipo de cambio, y aporta 26,713.9 millones de pesos adicionales al monto previsto originalmente.

El presidente en turno de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Tomás Torres, informó que los legisladores de los diferentes grupos parlamentarios reservaron 116 artículos del proyecto de decreto de la LIF 2015 para su discusión en lo particular.

El escenario macroeconómico previsto para 2015 considera un crecimiento económico de 3.7%, inflación de 3.0 %, déficit presupuestario de 1.0 % del Producto Interno Bruto (PIB), tasa de interés al fin del periodo de 3.5 %, entre otros.

Los diputados avalaron cambios al precio del petróleo y al tipo de cambio planteados originalmente en la iniciativa de LIF 2015, incluida en la propuesta de paquete económico que el Ejecutivo envió al Congreso de la Unión el pasado 5 de septiembre.

Así, el precio del petróleo crudo de exportación se ajustó a la baja de 82 a 81 dólares por barril, y la cotización del tipo de cambio se elevó de 13 a 13.4 pesos por dólar, cambios que darán un aumento bruto de ingresos petroleros por 20,521.8 millones de pesos.

A este monto se le descontaron 11,900.2 millones de pesos por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) negativo a gasolinas, con lo cual el efecto neto de ingresos petroleros por los ajustes al precio del crudo y del tipo de cambio es de 8,621.6 millones de pesos.

Además, se obtendrán 5,491.2 millones de pesos adicionales por eficiencia recaudatoria del Impuesto sobre la Renta (ISR) y 12 mil 601.1 millones por aprovechamientos en ingresos no tributarios.

En conjunto, estas medidas significarán ingresos adicionales por 26,713.9 millones de pesos a la propuesta de LIF 2015, de los cuales 1,602.3 millones se canalizarían a las entidades federativas en participaciones y aportaciones, por lo cual el incremento neto es de 25,116.6 millones.

Del monto total por cuatro billones 702 mil 951 millones de pesos previsto en el decreto aprobado de la LIF para el próximo año, dos billones 906,192.4 millones corresponden a los ingresos del gobierno federal.

Asimismo, un billón 124,163.6 millones de pesos a los ingresos de organismos y empresas, y 672,595.0 millones de pesos a los ingresos derivados de financiamiento.

El decreto aprobado de la LIF 2015 incluye otras modificaciones: se precisa que no se contabilizará en el cálculo del balance presupuestario un monto equivalente 0.5% del PIB por gasto de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y para inversiones de alto impacto.

De igual manera, se le da continuidad a diversos beneficios fiscales y medidas de simplificación tributaria, ya que se incluyeron en la LIF para 2015 algunos de los beneficios establecido vía decreto por parte del Ejecutivo.

Entre estos, los estímulos fiscales para los contribuyentes que empleen a personas con discapacidad motriz; por las aportaciones efectuadas a proyectos de inversión en la producción cinematográfica; a las personas morales obligadas a efectuar la retención del ISR o del IVA, quienes podrán optar por no proporcionar constancia de retención, entre otros.

También se establecen medidas de apoyo para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), quienes podrán presentar sus declaraciones bimestrales correspondientes a 2014 a más tardar en enero de 2015, sin que se considere un incumplimiento.

Instruye al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a establecer un esquema ágil para que las devoluciones del IVA que soliciten los contribuyentes de los sectores de exportación, primario, proyectos de inversión en activo fijo y medicinas, y se efectúen en un máximo de 20 días hábiles.

Asimismo, el SAT deberá emitir el calendario para que a partir de 2015 se realice el ingreso de la información contable a través de la página de Internet.

El decreto establece que los contribuyentes que cubran remuneraciones de sus trabajadores podrán expedir los comprobantes fiscales digitales correspondiente a más tardar el 31 de diciembre de 2014.

Sobre el destino de los recursos recaudados por el impuesto especial de un peso por litro a las bebidas saborizadas, se prevé una asignación a programas de combate a la desnutrición, sobrepeso, obesidad y enfermedades crónico degenerativas.

Asimismo, destinar parte de estos recursos para permitir el acceso a agua potable en zonas rurales y proveer bebederos en escuelas públicas, según el documento aprobado.

Establece que la autoridad fiscal tiene la obligación de informar trimestralmente sobre los costos recaudatorios de las medidas que representen un gasto fiscal, así como los beneficios de dichos mecanismos, contenidos en los decretos que emita el Ejecutivo.

Se incluye un artículo transitorio para promover mayor transparencia en las transferencias de recursos federales de estados a municipios, por el cual las entidades deberán informar a través de su secretaría de Finanzas o equivalente las fechas, montos y número de identificación de estas transferencias, y de no hacerlo serán sancionados.

Se establece la obligación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para incorporar en los informes trimestrales la publicación de la información relacionada con los ingresos excedentes que se hayan generado, incluyendo lo que corresponda a las transferencias del nuevo Fondo Mexicano del Petróleo.

mrc

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