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Política

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Partidos, sin obligación de frenar crimen en su interior

La Sala Superior del TrEPJF confirmó que los partidos políticos no tienen la obligación de prevenir la intervención del crimen organizado en sus procesos internos de selección de candidaturas.

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El Tribunal Electoral resolvió una queja contra el INE. foto: especial

Maritza Pérez

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos políticos no tienen la obligación de prevenir la intervención del crimen organizado en sus procesos internos de selección de candidaturas.

El caso deriva de una impugnación interpuesta por Leonardo Zuñiga Ayala, quien se quejó de la respuesta emitida por la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional Electoral (INE), en la que señaló que no existe una obligación expresa que obligue a los partidos a evitar la injerencia del crimen en sus filas.

Ante esto, el Tribunal Electoral confirmó la respuesta del INE, aunque aclaró que por razones distintas la respuesta de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos.

De acuerdo con el la Sala Superior, “la consulta realizada por el actor no busca proporcionarle certeza para orientar su actuación frente a una situación jurídica concreta dentro del sistema electoral, sino pretende obtener un criterio interpretativo general sobre el alcance de las obligaciones que podrían corresponder a terceros”.

Además, se dijo que el cuestionamiento de Zuñiga Ayala no amerita activar la función consultiva de fondo ante el Consejo General del INE; “lo anterior, ya que para ello es necesario que primero la solicitud se encuentre vinculada con una situación concreta del consultante; segundo, dicha solicitud guarde relación con su situación jurídica dentro del sistema electoral; y, tercero, dicha interpretación tenga por finalidad proporcionar certeza para orientar su propia actuación. Al no cumplirse tales condiciones, lo procedente es confirmar el acto reclamado”.

En un principio, Leonardo Zuñiga Ayala solicitó que el Consejo General de ese Instituto respondiera si existe un deber de los partidos políticos para prevenir la intervención del crimen organizado en sus procesos internos de selección de candidaturas, integración de órganos partidarios y designación de representaciones ante las autoridades electorales.

A lo que la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos respondió afirmando que no existe una obligación expresa, no obstante, inconforme por la respuesta, reclamó que su petición debió ser atendida por el Consejo General del INE, e interpuso una impugnación ante el TEPJF, la cual fue rechazada.

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