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Política

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En maratón legislativo avalan reformas en materia de agua

En la Cámara de Diputados se realizaron más de 60 cambios respecto a los proyectos originales enviados por el Ejecutivo federal.

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La discusión en San Lázaro se postergó por más de 23 horas. foto: cuartoscuro

Rolando RamosMaritza Pérez

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó en lo general por 85 votos (Morena, PVEM y PT) contra 36 (PAN, PRI y MC) el decreto por el que se expide la Ley General de Aguas y reforma la Ley de Aguas Nacionales, en los términos de la minuta remitida por la Cámara de Diputados.

La nueva Ley, reglamentaria del Artículo 4o. de la Constitución, aprobada —13 años después de que venció el plazo establecido por el propio Congreso de la Unión para su expedición— a propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, establece las bases, apoyos y modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, distribuye competencias y prevé la concurrencia entre la Federación, entidades federativas y municipios.

Sus disposiciones, previstas en 45 artículos y dos transitorios, “son de observancia general en todo el territorio nacional, de orden público e interés social”.

Entre los cambios a la legislación secundaria aprobados destacan los realizados al artículo 22 para precisar que el “otorgamiento de una concesión o asignación” tomará en cuenta “la disponibilidad media anual del agua”; “los derechos de explotación, uso o aprovechamiento de agua inscritos en el Registro Público Nacional del Agua; el reglamento de la cuenca hidrológica que se haya expedido, en su caso; la normatividad en materia de control de la extracción así como de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas; y la normatividad relativa a las zonas reglamentadas, vedas y reservas de aguas nacionales existentes en el acuífero, cuenca hidrológica o región hidrológica de que se trate”.

Así como la enmienda del artículo 37 BIS 1, que establece: “‘La Autoridad del Agua’ resolverá mediante procedimientos expeditos, en un plazo que no exceda de 20 días hábiles, la reasignación de volúmenes, en los siguientes supuestos: l. Cuando se transmita el dominio de una propiedad asociada a un título de concesión; II. En los casos de fusión y escisión de sociedades civiles o mercantiles, y III. En caso de que se acrediten derechos sucesorios”.

En la reasignación de volúmenes de agua, amplía, “‘la Autoridad del Agua” emitirá un nuevo título de concesión en favor de la persona que acredite los derechos de propiedad, de representación o de sucesión, según sea el caso, el cual conservará el mismo volumen y uso, así como el plazo remanente del título objeto de reasignación.

Sobre el tema de sucesiones y transmisión ligada a propiedad, en un documento confeccionado por el grupo parlamentario del PRI se detalla que el artículo 49 prevé que al transmitir el dominio de tierras vinculadas con una concesión, la nueva persona propietaria conserva los derechos de agua, y agrega que el nuevo título se expedirá “exceptuando el análisis de la disponibilidad”.

“Política y jurídicamente: es un reconocimiento parcial a la presión del campo y al reclamo de heredar derechos; evita que el productor pierda el agua sólo porque cambió el dueño de la tierra o porque Conagua alegue ‘no disponibilidad’ en ese momento.

“Pero sigue sin existir un régimen libre de transmisión entre particulares: todo queda bajo la lógica de ‘reasignación controlada por la autoridad’; es decir, sigue habiendo un quiebre del régimen actual, que permitía cierto mercado regulado de derechos”, cita.

Desde la tribuna, el panista Ricardo Anaya anticipó: “lo que hoy vamos a oír toda la tarde y toda la noche es que ustedes dicen que van en contra de los acaparadores de agua (...) es una mentira, porque han estado señalando a tres integrantes del grupo parlamentario del PAN”.

Y luego amagó: “hay un integrante de su bancada, del oficialismo, y aquí tengo el documento, que él solito tiene tres veces más volumen de agua que todos los del PAN juntos. Entonces, ahórrense su argumento, porque les va a salir el tiro por la culata”.

Los senadores y exgobernadores panistas de Jalisco y Guanajuato, Francisco Ramírez Acuña y Miguel Márquez convocaron a la prensa para hablar de sus concesiones de agua.

Al cierre de la edición, la discusión en lo particular continuaba con la presentación de reservas de viva voz por un total de 15 senadores de las seis fracciones parlamentarias representadas en la Cámara Alta; posteriormente sería enviado al Ejecutivo Federal para su promulgación y vigencia.

Diputados

Antes ayer, más temprano, la Cámara de Diputados tardó unas 23 horas en aprobar en lo general y lo particular la expedición de la Ley General de Aguas y diversas reformas a la Ley de Aguas Nacionales. Ambos proyectos salieron de San Lázaro con 68 modificaciones, la mayoría a causa de las presiones de agricultores.

Desde su llegada a la Cámara de Diputados, dicha iniciativa presidencial fue objeto de críticas por parte de expertos y activistas, las cuales se intensificaron con las preocupaciones expresadas por organizaciones campesinas, ganaderas, productores y comunidades rurales, quienes advertían que la propuesta original les causaba graves afectaciones, tales como una reducción en sus volúmenes de agua concesionada; ambigüedades en el caso de heredar o transmitir el binomio tierra–agua y su posible criminalización por prácticas tradicionales de abasto para ganado o parcelas.

Plazo para prórroga

Entre las modificaciones en San Lázaro está el artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales, y cuya redacción causó conflicto entre los productores, ya que señala que el otorgamiento de una concesión o asignación se sujetará a lo dispuesto por esta Ley y tomará en cuenta la disponibilidad media anual del agua, que se revisará al menos cada dos años.

Además de señalar que “los derechos amparados en las concesiones y asignaciones no serán objeto de transmisión”; a decir de los agricultores, esta redacción afecta la herencia de sus títulos de concesión, por lo que en una nueva modificación, los diputados matizaron el asunto al indicar que será “la Autoridad del Agua”, quien deberá reasignar y resolver mediante procedimientos expeditos, en un plazo que no exceda de 20 días hábiles, los derechos preferentes derivados de la transmisión.

Morena y sus aliados defendieron estos cambios al indicar que lo único que se busca es ordenar la compra, venta o traspaso de las concesiones, para que ahora la autoridad forme parte del proceso y pueda llevar un registro y control sobre acciones que involucran el uso del agua, un recurso que es de la nación.

De acuerdo con el dictamen, con estas modificaciones se busca establecer que el Estado Mexicano será el único responsable de regular el uso de agua delineando las acciones que deberán asumir las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Asimismo, se desaparece el régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares y se determina que toda concesión de agua que no sea utilizada para los fines autorizados deberá regresar a la Conagua para que ésta decida una mejor distribución y aprovechamiento de ese recurso.

De igual forma se crea un Registro Nacional del Agua como herramienta que favorezca el control y transparencia del régimen de concesiones y asignaciones.

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