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Jueces civiles deben atender a las víctimas
Al concluir la revisión de 30 casos, los ministros concluyeron que algunos artículos del Código Militar son contrarios a la Constitución.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado otra configuración legal del fuero militar. Nuevos lineamientos jurídicos se han establecido ya para estipular cuándo un militar que cometa un delito contra civiles debe ser juzgado ante la justicia castrense y cuándo ante una instancia ordinaria.
Durante las últimas semanas, el pleno de ministros desahogó un cúmulo de recursos -se enlistó una treintena de casos- interpuestos, la mayoría, por los propios militares. Esto derivó en la definición de los nuevos criterios sobre el llamado fuero castrense.
El Artículo 13 de la Constitución estipula que existe un fuero de guerra para los militares en caso de delitos y faltas cometidas en contra de la disciplina militar. Es decir, que cuando exista una infracción a dicha disciplina, sólo deben ser juzgados ante una instancia castrense.
Es de destacar que el desahogo en los últimos días de estos recursos deriva de la sentencia emitida en contra del gobierno de México por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el asunto conocido como Caso Radilla.
El 25 de agosto de 1974, el activista Rosendo Radilla Pacheco fue víctima de desaparición forzada por parte de efectivos del Ejército, en el estado de Guerrero.
La familia interpuso diversos recursos legales ante instancias mexicanas, que culminaron en un sobreseimiento del caso por parte de un Juzgado Militar en noviembre del 2006. El asunto fue llevado hasta la Corte Interamericana, instancia que en noviembre del 2009 emitió una sentencia condenatoria para el Estado mexicano por la violación de las garantías individuales de Radilla Pacheco y que incluyó diversas recomendaciones para instancias mexicanas, entre ellas el Poder Judicial.
La Suprema Corte definió un mecanismo para cumplir con dicha sentencia internacional. Este mecanismo llevó a los ministros e emitir, en julio del 2011, una resolución parteaguas en materia de protección de garantías individuales en México.
Los ministros determinaron que los jueces del país podían conocer y resolver casos sobre violaciones a derechos humanos de civiles que fueran cometidos por militares. Pero que cuando un juez civil se declarara incompetente para conocer de dichos asuntos, el afectado podía acudir a la Corte para que conociera y tomara una determinación final sobre competencias, es decir, definir si el militar acusado debía ser juzgado por un juez militar o por uno civil.
NUEVOS LINEAMIENTOS
Con cada una de las resoluciones tomadas en las últimas semanas por la Suprema Corte se ha acotado el fuero militar. Por ejemplo, han establecido criterios como declarar que hay artículos del Código Militar contrarios a la Constitución.
El mes pasado, el pleno de la Corte resolvió que todos aquellos casos en los que un militar haya cometido un delito contra una víctima civil, la jurisdicción que resultará competente para conocer del asunto será la civil y no la militar.
Cuando esta situación se presente y a las víctimas se les lesionen sus derechos humanos, el delito deberá ser atendido por la justicia civil , establecieron los ministros al desahogar dos conflictos de competencias, entre juzgados militares y ordinarios.
Después, la Corte desahogó 28 amparos. Una resolución importante tomada por los ministros fue declarar inconstitucional el artículo 57, fracción II, inciso A) del Código de Justicia Militar, porque no garantizaba a los civiles, o a sus familiares, que fueran víctimas de violaciones a los derechos humanos la posibilidad de que el caso fuera juzgado por una instancia ordinaria.
Asimismo, la Corte resolvió que los familiares de víctimas de delitos cometidos por militares tienen derecho a interponer amparos en carácter de ofendidos.
Otro criterio es que un integrante de las Fuerzas Armadas puede ser juzgado ante una instancia ordinaria, aun cuando el delito se haya cometido contra otros militares.
Ayer, los ministros de la Suprema Corte desahogaron el último recurso relacionado con el fuero militar.
Con la adopción de los criterios, éstos ahora podrán ser utilizados en otros casos que están en la misma Corte, pero en el seno de las salas.
mauricio.rubi@eleconomista.mx