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Cárcel y multas a quien venda piratería
La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley de la Propiedad Industrial para endurecer las penas contra quien venda en vía pública objetos que falsifiquen marcas registradas y poder perseguir de oficio ese delito.
La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley de la Propiedad Industrial para endurecer las penas contra quien venda en vía pública objetos que falsifiquen marcas registradas y poder perseguir de oficio ese delito.
Ratificada por 359 votos, 26 en contra y 12 abstenciones, la minuta turnada al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor, precisa:
Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 10,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al que venda a cualquier consumidor final en vías o en lugares públicos, en forma dolosa y con el fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta ley.
Si la venta se realiza en establecimientos comerciales, de manera organizada o permanente, se estará a lo dispuesto en los artículos 223 y 224 de esta ley. Este delito se perseguirá de oficio .
Al fundamentar el dictamen desde la tribuna, el panista Camilo Ramírez Puente explicó que si bien el fenómeno delictivo conocido comúnmente como piratería afecta primordialmente los intereses de los particulares, también vulnera los derechos de diversos sectores de la sociedad y al propio Estado que deja de percibir importantes ingresos por concepto de impuestos.
rramos@eleconomista.com.mx