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El costo oculto de las renuncias recaudatorias

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OpiniónEl Economista

Hay una forma de destinar recursos públicos que no aparece en el Presupuesto de Egresos, no se ejerce mediante programas gubernamentales y rara vez ocupa el debate público. Sin embargo, cuesta cientos de miles de millones de pesos cada año. Se trata de las renuncias recaudatorias: ingresos que el Estado decide no cobrar mediante exenciones, tasas preferenciales, deducciones, estímulos o diferimientos fiscales.

Estos beneficios, en ocasiones, cumplen funciones indispensables. La tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para alimentos y medicinas, por ejemplo, busca proteger el poder adquisitivo de los hogares; los estímulos al diésel pueden amortiguar aumentos de costos logísticos; ciertas deducciones pretenden incentivar el ahorro, la inversión o la formalidad. Incluso, cuando los ciudadanos deben suplir con recursos propios servicios públicos insuficientes —como salud, educación o seguridad—, el Estado reconoce ese esfuerzo mediante deducciones o estímulos fiscales. Sin embargo, en México casi nunca nos preguntamos si siguen cumpliendo los objetivos para los que fueron creados.

Esta omisión resulta especialmente preocupante en un contexto de crecientes presiones sobre las finanzas públicas. La consolidación fiscal, el aumento del costo financiero de la deuda, las necesidades de inversión en infraestructura, salud, educación y seguridad, así como los desafíos derivados del envejecimiento poblacional y la transición energética, obligan a revisar no sólo cuánto recauda el Estado, sino también cuánto decide dejar de recaudar.

De acuerdo con una investigación reciente del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), diez renuncias recaudatorias concentran 775 mil 893 millones de pesos en 2026, equivalentes a 2.08% del PIB y al 46.4% el monto total de las renuncias recaudatorias estimadas para 2026. Más que discutir su eliminación, el estudio propone algo mucho más razonable: construir una agenda permanente para evaluar si estos beneficios siguen siendo pertinentes, eficientes y equitativos.

La magnitud de algunos tratamientos fiscales ilustra por qué esta discusión resulta urgente. La tasa cero del IVA para alimentos representa, por sí sola, una renuncia estimada en 471 mil 748 millones de pesos, equivalente a 1.26% del PIB. Nadie pone en duda el objetivo social de evitar que el IVA encarezca bienes básicos. Lo que sí merece análisis es si este mecanismo constituye la herramienta más eficiente para proteger a los hogares vulnerables o si una parte importante del subsidio termina beneficiando también a quienes menos lo necesitan. De hecho, el propio reporte de Hacienda señala que 58.5% del beneficio absoluto es recibido por la mitad de los hogares con mayores ingresos del país (los deciles VI al X), mientras que el restante 41.6% corresponde a la mitad de menores ingresos.

Lo mismo ocurre con otras exenciones aparentemente incuestionables. La exención del IVA en servicios privados de enseñanza representa más de 38 mil millones de pesos, mientras que la correspondiente a vivienda supera los 26 mil millones. Ambas persiguen objetivos legítimos, pero ello no exime la obligación de preguntarnos quién captura realmente esos beneficios, y si existen mecanismos más focalizados para alcanzar los mismos fines sin renunciar a la recaudación.

Existen tratamientos cuyo acceso depende, en buena medida, de pertenecer al sector formal de la economía o de contar con ingresos suficientes para aprovecharlos. Las deducciones personales del Impuesto sobre la Renta (ISR), el estímulo por pago de colegiaturas, los beneficios asociados a fondos de pensiones o ciertas deducciones empresariales pueden cumplir funciones relevantes, pero también deben estar acompañados de evaluaciones técnicas que analicen su incidencia distributiva y determinen si el beneficio se concentra desproporcionadamente en los contribuyentes de mayores ingresos.

Algunos casos resultan particularmente ilustrativos. El documento de Hacienda muestra que 99.7% del beneficio derivado de la deducción para vehículos eléctricos e híbridos y más del 80% del correspondiente a vehículos de combustión interna es recibido por el decil de mayores ingresos. La cifra no implica que el incentivo deba desaparecer automáticamente, pero sí obliga a preguntarse si está cumpliendo el objetivo ambiental o productivo que justificó su creación o si terminó convirtiéndose, en la práctica, en un beneficio altamente concentrado.

Las implicaciones trascienden la equidad tributaria. Los tratamientos preferenciales también modifican las condiciones de competencia entre empresas. Cuando determinados contribuyentes pueden reducir significativamente su carga fiscal mientras otros carecen de acceso a esos mecanismos, se generan ventajas competitivas que no necesariamente derivan de mayor productividad o innovación, sino del propio diseño del sistema tributario. En ese sentido, revisar las renuncias recaudatorias también forma parte de una agenda de competencia económica y de asignación eficiente de recursos para evitar distorsiones competitivas y garantizar condiciones más equitativas entre empresas.

Ahora bien, evaluar no significa eliminar. Muchas renuncias recaudatorias probablemente seguirán justificándose plenamente. Otras quizá requieran ajustes en su diseño, mecanismos de focalización, reglas de salida o indicadores de desempeño. Algunas podrían incluso fortalecerse si la evidencia demuestra su efectividad. Pero ninguna política pública debería mantenerse indefinidamente únicamente por inercia.

La experiencia internacional demuestra que evaluar los beneficios fiscales no implica eliminarlos. Por el contrario, permite fortalecer su legitimidad y asegurar que sigan cumpliendo los objetivos para los que fueron creados. Canadá revisa anualmente algunos incentivos específicos para determinar si continúan siendo eficaces y quiénes capturan realmente sus beneficios. Los Países Bajos somete periódicamente sus tratamientos preferenciales a evaluaciones de eficacia, eficiencia y justificación económica; Alemania exige revisarlos periódicamente, aproximadamente en rangos de diez años, Irlanda cada cinco, y en el Reino Unido la autoridad tributaria prioriza su evaluación con base en el riesgo, su costo fiscal y la evidencia disponible. Aun así, la OCDE advierte que apenas 16 de los 106 países que reportan renuncias recaudatorias realizan evaluaciones de impacto que van más allá de estimar su costo fiscal.

México ha dado un paso importante al transparentar anualmente el costo de sus renuncias recaudatorias. El siguiente consiste en evaluar sistemáticamente si cada peso que el Estado decide no recaudar sigue generando el beneficio público que justificó esa decisión. El país cuenta con una sólida tradición de evaluación y fiscalización del gasto público, impulsada por instituciones como la Auditoría Superior de la Federación y otros órganos especializados. Sin embargo, esa cultura de rendición de cuentas aún no alcanza plenamente a la política tributaria. Mientras los programas presupuestarios suelen someterse a revisiones periódicas sobre su desempeño, muchos beneficios fiscales permanecen vigentes durante años sin un análisis equivalente.

En un contexto de crecientes presiones sobre las finanzas públicas, cerrar esa brecha significa tomar mejores decisiones sobre el uso de los recursos públicos. Debemos entender que la discusión fiscal no puede limitarse a cuánto recauda el Estado. También debe abarcar cuánto deja de recaudar, quién recibe ese beneficio, qué objetivos persigue y, sobre todo, si esos objetivos efectivamente se están cumpliendo. Esto es, hacer visible lo invisible como condición indispensable para que el sistema tributario de México sea más transparente, eficiente y, principalmente, más justo.

* La autora es Directora de Inteligencia Más y maestra en Gobierno y Políticas Públicas en la Universidad Panamericana.

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