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Política

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Batres modificará proyecto sobre consulta a grupos vulnerables

La ministra Lenia Batres anunció que modificará su proyecto de sentencia para definir un nuevo criterio respecto de la invalidez de leyes por falta de consulta a grupos vulnerables.

Lenia BatresFoto: Cuartoscuro

La ministra Lenia Batres anunció que modificará su proyecto de sentencia para definir un nuevo criterio respecto de la invalidez de leyes por falta de consulta a grupos vulnerables.

En el arranque del segundo día de las audiencias públicas, de tres, tituladas “La invalidez de normas generales por falta de consulta a personas con discapacidad”, Batres reconoció que el primer día de debate hubo observaciones que serán atendidas.

“Esto ayer (el lunes) generó una muy interesante cadena de observaciones. Nos hicieron ver algo que creo que nosotros no habíamos considerado y que creo que va a ser muy importante a la hora de definir una tesis ya al respecto, porque se nos está indicando que puede generar o que puede verse como una carga adicional para las personas con discapacidad, que ahora tendrían que estudiar cada una de las leyes y estar pensando en ellas o vigilando para poder proceder en contra de cualquier ley que no haya sido consultada”, afirmó.

Y anticipó: “por supuesto que vamos a intentar, a atender esta preocupación. Se los comento porque la audiencia pues no tendría sentido si no nos escuchamos y a nosotros nos ha enriquecido enormemente, desde la reunión que tuvimos antes de la audiencia con varias organizaciones, algunas aquí presentes”.

Cabe destacar que el pasado día 7, el pleno de la Corte aprobó por ocho votos contra uno abandonar el criterio establecido por el máximo tribunal de invalidar leyes por falta de consulta a grupos vulnerables.

La propuesta de sentencia de Batres para resolver la acción de inconstitucionalidad 182/2024, que ya aceptó modificar, precisa:

“En conclusión, el derecho a la consulta previa sólo es exigible ante esta SCJN o los tribunales federales cuando lo soliciten las personas con discapacidad o sus organizaciones pues son ellos mismos quienes deben definir si se trata de cuestiones realmente relacionadas con las personas con discapacidad, si se les afecta o se restringen sus derechos y para ello tienen disponibles vías como las previstas en el artículo 103 y 107 de la CPEUM”.

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