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Política

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México reconoció que no existe procedimiento para cumplir decisiones internacionales de derechos humanos: CIDH

La Comisión señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado trámite a procedimientos ad hoc para implementar las decisiones de la Corte IDH, e incluso les ha dotado de valor normativo.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la publicación Mecanismos Nacionales de Implementación de Recomendaciones de Derechos Humanos, dio a conocer que el Estado mexicano reconoció que no existe un procedimiento para dar cumplimiento a las decisiones internacionales de derechos humanos.

Sin embargo, la Comisión señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado trámite a procedimientos ad hoc para implementar las decisiones de la Corte IDH, e incluso les ha dotado de valor normativo.

En el documento, la CIDH ejemplificó el Expediente Varios 912/2010, a petición del presidente de la República, el pleno de la SCJN estableció las obligaciones para el Poder Judicial de la Federación que derivaban en la sentencia de la Corte en el caso Radilla Pacheco vs México.

Mientras que, destacó que las sentencias dictadas en los casos Fernández Ortega y Rosendo Cantú, la SCJN también ordenó la formación de un Expediente Varios 1396/2011 a petición de las víctimas para examinar las obligaciones a cargo del Poder Judicial.

También, en la publicación se informó que la Suprema Corte sostuvo que la jurisprudencia de la CIDH es obligatoria cuando el Estado mexicano ha sido parte de la controversia; además, de que es obligatoria cuando, aunque el Estado no sea parte del caso, contenga criterios más protectores de los derechos humanos.

Por otro lado, a juicio de la Comisión, es fundamental que en México exista un marco normativo que facilite la articulación para implementar las decisiones de los órganos internacionales de derechos humanos.

Explicaron que, si bien la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Gobernación tienen regulaciones particulares que les dan facultades para participar en el seguimiento e implementación de las decisiones de organismos internacionales, ambas instituciones no establecen con claridad la ruta para asegurar la materialización en el ámbito interno.

La implementación de una regulación estricta “puede impulsar que las autoridades federales, estatales y municipales adopten sin reservas las medidas de las decisiones internacionales, con miras a cumplir las obligaciones subyacentes que son parte del parámetro de regularidad constitucional”, consideraron.

rrg

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