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Definen normas para asesores de inversiones

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) fijó las normas y políticas que deberán incluir los manuales de conducta que regirán la actuación de los asesores de inversión.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) fijó las normas y políticas que deberán incluir los manuales de conducta que regirán la actuación de los asesores de inversión.

La medida tiene como objetivo que la prestación de este servicio se realice de manera adecuada, transparente y libre de todo conflicto de interés, en beneficio del público y del mercado de valores en general.

En el manual se incluirán mecanismos de control interno y se designará a los responsables de verificar el cumplimiento de las normas, así como de vigilar que los consejeros, administradores, gerentes, socios, directivos, empleados y apoderados para celebrar operaciones con el público lo hagan de acuerdo a lo que marca la ley.

También deberá contener los esquemas necesarios para asegurar que la información confidencial, que obtienen como parte de sus servicios, se utilice sólo para los propósitos que se relacionen con las actividades que les son propias.

Para ello, deberán contar con las medidas de seguridad necesarias para proteger los expedientes de los clientes contra fraude, robo o cualquier uso indebido.

El manual deberá incluir políticas para evitar la existencia de conflictos de interés, así como lineamientos para que los asesores informen a sus clientes con anterioridad a la prestación de sus servicios, si se encuentran en presencia de este supuesto.

Las reglas precisan que, además, este documento debe contener normas relativas al sistema de remuneración, el que deberá fijar criterios tendientes a propiciar que las personas sujetas a éste, actúen con base en el interés de sus clientes. Para ello, se deberán prever elementos que incidan de manera negativa en el monto de las percepciones extraordinarias que puedan causar algún daño a sus clientes por dolo o negligencia.

Dentro de la empresa, quien quiera que sea el órgano encargado de la administración en los asesores deberá establecer las medidas disciplinarias derivadas de las violaciones al manual, así como determinar a las personas encargadas de imponerlas.

En las reglas, la CNBV también determinó con plazos la información periódica que los asesores deben enviar a la dependencia, lo que permitirá tener información sobre estas personas de manera oportuna, en protección de los intereses de los inversionistas.

Los asesores tienen un año a partir de la publicación del decreto para que obtengan su inscripción en el registro de la CNBV y estén en posibilidad de prestar sus servicios. La Comisión podrá negar la inscripción cuando exista algún procedimiento judicial o administrativo en contra del interesado o de sus socios o accionistas.

MAYOR SOLIDEZ

La CNBV detalló que con la adopción de estas medidas se logrará un sector más sólido, que incremente el apetito por prestar este servicio, al tiempo que aumente la base de clientes y genere un mayor nivel de confianza entre sus usuarios.

Las normas sobre asesores de inversión que se emitieron en el 2013 obligan a los intermediarios a mejorar el proceso de revelación de información, así como a elaborar un perfil de cada cliente, y a partir de éste determinar los instrumentos en los que pueden invertir.

Como parte de los lineamientos, las entidades deben advertir a los inversionistas sobre los riesgos de contratar servicios no asesorados y tendrán que entregar un informe detallado sobre los precios de las operaciones, y además de una guía de servicios de inversión, los rendimientos de las carteras. Las reglas buscan también evitar conflictos de interés.

romina.roman@eleconomista.mx

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