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Política

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Analizan pena de cárcel por grooming telefónico

A quien a través de cualquier dispositivo móvil, medio electrónico de comunicación, información o sistema de telecomunicación contacte a un menor de 18 años con la finalidad de cometer actos que atenten contra su sano desarrollo o libertad psicosexual, se impondrá una pena de tres a nueve años de prisión.

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A quien a través de cualquier dispositivo móvil, medio electrónico de comunicación, información o sistema de telecomunicación contacte a un menor de 18 años con la finalidad de cometer actos que atenten contra su sano desarrollo o libertad psicosexual, se impondrá una pena de tres a nueve años de prisión. Ello, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos cometidos, en su caso.

Las penas se aumentarán hasta una mitad, es decir hasta nueve años, puesto que la máxima sería de seis, cuando se realice un encuentro físico y éste se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.

Así establece la reforma al Código Penal Federal que pretende concretar la Cámara de Diputados, de manera específica al Título decimoquinto , denominado Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, Capítulo I, Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación .

La enmienda busca combatir uno de los abusos que invade las redes sociales: el conocido como grooming (acicalar), referido a una serie de acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor, creando una conexión emocional con él, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y abusar sexualmente de él.

Las consecuencias del grooming en el menor pueden ir desde los traumas psicológicos hasta consecuencias de carácter físico, llegando incluso al abuso sexual. Otro de los riesgos consiste en la introducción del menor al mundo de la prostitución infantil o la producción pornográfica.

En opinión de los legisladores federales la facilidad de interacción entre niños y adultos, la nueva tecnología de rápido cambio y la falta de conciencia y comprensión de los niños son elementos que facilitan el abuso de cualquier menor.

A la fecha países como Alemania, Australia, Canadá, Costa Rica, Escocia, Estados Unidos, España, Inglaterra y Gales ya incluyen el grooming como delito en sus legislaciones, sancionándolo con penalidades de 1 a 15 años de prisión.

Ante la evidencia de que muchos gobiernos ya realizaron acciones tendentes a hacer frente al abuso en línea de niños y jóvenes, México se encamina a hacer lo propio.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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