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Finanzas Personales

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El Gobierno Corporativo en las administradoras de fondos para el retiro

Al sistema de ahorro para el retiro, desde su fundación, se incorporaron los principios fundamentales del esquema de Gobierno Corporativo, tanto en labor administrativa de cuentas como en la gestión del ahorro previsional.

El Gobierno Corporativo es el conjunto de principios que norman la actuación de los órganos de gobierno de una empresa, como son el Consejo de Administración y los Comités que lo apoyan. Este conjunto de principios son conocidos como Mejores Prácticas Corporativas, y están plasmados en un documento que en cada país recibe un nombre diferente, pero cuyo contenido básico es compartido por todos.

¿Cuáles son sus principios básicos?

Un esquema de Gobierno Corporativo debe integrar los siguientes conceptos:

Asegurar el tratamiento equitativo a todos los accionistas.

Reconocer los derechos de los inversionistas, promoviendo una activa cooperación con las empresas.

Asegurar una revelación adecuada y a tiempo de todos los asuntos relevantes de la empresa como situación financiera, desempeño, tenencia accionaria.

Asegurar que los accionistas y el mercado tengan acceso a la información pública de la sociedad.

Asegurar que la sociedad cuente con mecanismos necesarios que permitan comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales que le son aplicables.

Cabe mencionar que el Consejo de Administración es considerado como la instancia responsable ante los accionistas de la buena marcha de la empresa.

¿Las afores cuentan con un esquema similar?

El tema del Gobierno Corporativo puede considerarse como un concepto de reciente desarrollo en México, y seguramente tomará mayor importancia que la que tuvo en años pasados. No obstante esto, en el Sistema de Ahorro para el Retiro desde su diseño e implementación, se incorporaron los principios fundamentales de este esquema, tanto en la labor de administración de cuentas efectuada por las afores, como en la gestión del ahorro previsional que realizan las siefores.

Las afores se encuentran a la vanguardia en este sentido, con expedientes como la participación de consejeros independientes en los Consejos de Administración de las afores, la figura del Contralor Normativo y la estructura del Comité de Inversión.

Consejeros Independientes: forman parte del Consejo de Administración; no tienen nexo patrimonial con la empresa o vínculo laboral con los accionistas.

Es importante mencionar que la aprobación de contratos que la afore celebra con empresas con las que tenga nexos patrimoniales, del contrato de administración de fondos para el retiro con los trabajadores, así como de los prospectos de información de los fondos, requieren contar con el voto aprobatorio de estos consejeros.

Contralor Normativo: responsable de vigilar el cumplimiento de la normatividad externa e interna.

Comité de Inversión: instancia responsable de determinar la política y estrategia de inversión, dentro de los límites establecidos en la regulación y los criterios prudenciales determinados por los Comités de Riesgos.

Asimismo, es la instancia responsable de aprobar la inversión en instrumentos de renta variable e instrumentos estructurados.

Los Comités de Inversión de cada afore integran la figura de Consejeros Independientes, quienes aportan su punto de vista al proceso de toma de decisiones, enriqueciendo este proceso con la opinión de un experto que no depende de la administradora, y velando así por los intereses del ahorrador.

Para obtener mayor información sobre el sistema de pensiones visite la página de Internet: www.amafore.org

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