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Capital Humano

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¡Toma nota! Empresas tienen pocos días para cumplir con segunda etapa de la Ley Silla

Luego de su entrada en vigor, la Ley Silla otorgó un plazo adicional de 180 días para los empleadores adecuen su normativa interna a las nuevas disposiciones, aunque el derecho al descanso es exigible desde junio de este año.

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Este 14 de diciembre entrará en vigor la segunda etapa de la Ley Silla.FOTO: SHUTTERSTOCK. 

Gerardo Hernández

Este 14 de diciembre entrará en vigor el segundo plazo de cumplimiento de la Ley Silla, a partir de esa fecha será exigible la adecuación de la normativa interna a las disposiciones que se fijaron con la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT). 

La Ley Silla estableció dos plazos. El 17 de julio, entró en vigor el derecho al descanso en un asiento con respaldo; es decir, desde esa fecha son exigibles las pausas durante la jornada laboral para el reposo.

La otra fecha de transición es este 14 de diciembre, se otorgó 180 días más a las empresas para adecuar su normativa, esto implica, entre otras medidas, establecer en los reglamentos internos la cantidad de pausas, el tiempo de cada una de estas y todos los aspectos que regulen el derecho al descanso.

La Ley Silla es una reforma a la LFT que busca prevenir riesgos asociados con la bipedestación en el trabajo, esto es, realizar actividades de pie. De acuerdo con una encuesta de OCC, de las personas que laboran en esta postura, la mitad experimenta molestias físicas como dolores de espalda o cansancio en las piernas.

Este plazo adicional se otorgó para que cada empresa defina las reglas para regular el descanso a partir de su análisis de riesgo, su operación y el tipo de actividad que desempeña la persona. Es decir, la reforma no estableció reglas generales para el uso de las sillas.

En julio pasado (un mes después de la entrada en vigor de la Ley Silla) la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) definió las disposiciones para la aplicación de la reforma, incluyendo un cuestionario para identificar el nivel de riesgo al que están expuestos los trabajadores.

Este diagnóstico permite a las empresas definir la frecuencia de las pausas, el tiempo de cada reposo, la capacidad de movilidad en la zona de trabajo, entre otros aspectos. Esta información es importante para actualizar los reglamentos internos.

¿Para quiénes aplica la Ley Silla?

La Ley Silla está dirigida principalmente a centros de trabajo del sector de servicios, comercio y análogos; sin embargo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha subrayado que su aplicación es en todas las industrias.

“Ojo con esto, hay algunas confusiones, porque a criterio del empleador se piensa que si la naturaleza del trabajo no permite colocar las sillas, no las tienen que dar (…) cuando hablamos de que la naturaleza lo permita, no se refiere a que quede a juicio del patrón, sino que en establecimientos industriales puede ser que no se pueda poner la silla en ese lugar, pero tiene que adecuar un lugar cercano en el que el trabajador pueda descansar”, dijo Cointa Lagunes directora de Normalización en Seguridad y Salud Laborales de la STPS.

Durante un foro en la Cámara de Diputados en septiembre pasado, la funcionaria aclaró que la naturaleza de las actividades únicamente es para definir el lugar dónde se ubicará el asiento, pero la Ley Silla aplica para todos los trabajadores sin importar el giro de su empresa.

De hecho, las disposiciones emitidas por la STPS contemplan tres escenarios para el uso de las sillas: en el punto donde labora la persona (cuando se puede trabajar sentado), cercana al sitio de trabajo o en un lugar específico que destine el empleador para colocar los asientos. Para definir esto, según los criterios de la STPS, se considera la naturaleza de las actividades que se realizan.

Gerardo Hernández

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano y coconductor del podcast Coffee Break.

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