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Arte e Ideas

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La Suprema Corte abre debate sobre la protección del patrimonio artístico

Mientras la Colección Gelman inicia su gira internacional en medio de un juicio de amparo, el Poder Judicial hace una revisión inédita del régimen jurídico en monumentos artísticos; analiza por primera vez las restricciones para exportar obras declaradas Monumento Artístico. El fallo podría influir en futuros litigios sobre colecciones privadas y en la actuación del INBAL

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La exposición de la Colección Gelman recibió más de 310 mil visitantes.Foto: Francisco de Anda EE

Ricardo Quiroga

La salida de la Colección Gelman hacia Europa, una vez concluida la exposición “Relatos modernos. Obras emblemáticas de la Colección Gelman Santander” en el Museo de Arte Moderno (MAM), coincide con un momento decisivo para la legislación mexicana sobre patrimonio artístico. Mientras el acervo inicia su itinerancia internacional en medio de un juicio de amparo promovido por un colectivo de especialistas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisa el alcance constitucional de las restricciones que pesan sobre las obras declaradas Monumento Artístico.

Aunque ambos procedimientos son jurídicamente independientes, el criterio que eventualmente emita el máximo tribunal podría convertirse en un referente para futuras controversias sobre colecciones privadas y para la interpretación de las facultades del Estado en materia de protección del patrimonio artístico.

La Colección Gelman, integrada por 160 obras reunidas por Jacques y Natasha Gelman entre 1941 y 1998, incluye piezas de Frida Kahlo, Diego Rivera, José Clemente Orozco, David Alfaro Siqueiros, María Izquierdo y Rufino Tamayo. Treinta de ellas cuentan con declaratoria de Monumento Artístico, por lo que cualquier salida temporal del país requiere autorización del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL).

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 Retrato de Natasha Gelman, de Diego Rivera.francisco de anda ee

La autorización concedida para su itinerancia internacional fue impugnada mediante un juicio de amparo por el colectivo Defendamos la Colección Gelman, que sostiene que el convenio entre los actuales propietarios —la familia Zambrano— y la Fundación Banco Santander debilita el régimen de protección previsto en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y podría permitir una permanencia prolongada de las obras fuera de México.

En respuesta, la Secretaría de Cultura y el INBAL han sostenido que el acuerdo no implica una transferencia de propiedad ni una exportación definitiva. De acuerdo con la autoridad, la colección continúa siendo propiedad de particulares mexicanos, las obras protegidas permanecen registradas y bajo supervisión del Instituto, y los permisos emitidos contemplan el retorno del acervo al país en 2028.

Una discusión constitucional

Más allá de la controversia por la Colección Gelman, el pasado 8 de julio la Suprema Corte abrió una discusión que podría tener implicaciones para todo el régimen jurídico de los monumentos artísticos.

Ese día, el Pleno resolvió reasumir competencia para conocer el Amparo en Revisión 40/2026, relacionado con la exportación definitiva de una obra de Frida Kahlo. La decisión no resolvió el fondo del litigio, pero sí reconoció que el asunto plantea una cuestión constitucional de relevancia suficiente para ser analizada directamente por el máximo tribunal.

Durante la sesión, los ministros centraron el debate en una pregunta que rebasa el caso específico: si el decreto presidencial de 1984 que declaró monumento artístico toda la obra de Frida Kahlo puede prohibir la exportación definitiva de esas piezas cuando la propia Ley Federal sobre Monumentos contempla la posibilidad de autorizar la exportación —temporal o definitiva— tratándose de bienes de propiedad privada.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que el asunto permitirá analizar la relación entre el derecho de propiedad, el derecho de acceso a la cultura y las facultades regulatorias del Estado para proteger bienes considerados de valor excepcional. En el mismo sentido, el ministro Arístides Guerrero García sostuvo que corresponde a la Corte determinar si el decreto presidencial introdujo restricciones que la legislación no prevé expresamente.

En otras palabras, el tribunal deberá establecer hasta dónde puede llegar el Estado para limitar el ejercicio del derecho de propiedad cuando se trata de obras con un valor artístico excepcional.

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Autorretrato Frida y los monos Foto: Francisco de Anda EE

Revisión de un precedente

Aunque el litigio de la Colección Gelman versa exclusivamente sobre autorizaciones de exportación temporal y el expediente que revisará la Suprema Corte se refiere a la exportación definitiva de una obra distinta, ambos casos giran alrededor de un mismo eje: el equilibrio entre propiedad privada, protección del patrimonio cultural y circulación internacional del arte mexicano.

La secretaria de Cultura, Claudia Curiel de Icaza, ha insistido en que ambos procedimientos no deben confundirse, pues la Colección Gelman cuenta únicamente con permisos temporales y su regreso está previsto para 2028. Sin embargo, la coincidencia entre ambos procesos ha reavivado una discusión que acompaña al régimen patrimonial mexicano desde la promulgación de la Ley Federal sobre Monumentos en 1972.

El debate enfrenta dos visiones. Por un lado, quienes consideran que el Estado debe ejercer una tutela cada vez más estricta sobre obras de valor excepcional para garantizar que permanezcan accesibles al público mexicano. Por otro, quienes sostienen que la legislación también debe ofrecer certeza jurídica a los propietarios privados y facilitar la circulación internacional del arte mediante mecanismos de supervisión institucional.

Sea cual sea el sentido de la futura resolución de la Suprema Corte, el criterio que establezca podría influir en la interpretación de las facultades del INBAL, en futuros permisos de exportación de obras protegidas y, eventualmente, abrir la discusión sobre la necesidad de actualizar un marco legal concebido hace más de cinco décadas para un mercado del arte profundamente distinto al actual.

La Colección Gelman en cifras

160 obras conforman el acervo

30 piezas cuentan con declaratoria de Monumento Artístico

68 obras integraron la exposición en el Museo de Arte Moderno

+310 mil visitantes acudieron a la muestra, la más exitosa de los últimos años

¿Qué analizará la SCJN?

Si el decreto presidencial de 1984 que protege la obra de Frida Kahlo puede restringir la exportación definitiva más allá de lo previsto por la Ley Federal sobre Monumentos.

¿Por qué importa?

El criterio definirá el alcance de las facultades del Estado frente a obras de propiedad privada declaradas Monumento Artístico.

¿Hay relación con la Colección Gelman?

No de manera directa. El caso Gelman trata sobre exportación temporal. Sin embargo, ambos expedientes cuestionan cómo debe interpretarse el régimen jurídico que protege el patrimonio artístico mexicano.

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